DECRETO 369/2001, de 24 de diciembre, de modificación del Decreto 265/1986, de 3 de julio, sobre creación de la Asesoría Jurídica del Departamento de Economía y Finanzas.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

369/2001, de 24 de diciembre, de modificaciÛn del Decreto 265/1986, de 3 de julio, sobre creaciÛn de la AsesorÌa JurÌdica del Departamento de EconomÌa y Finanzas.

La Ley 7/1996, de 5 de julio, de organizaciÛn de los servicios jurÌdicos de la AdministraciÛn de la Generalidad de CataluÒa, ha sido desarrollada por el Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios jurÌdicos de la AdministraciÛn de la Generalidad de CataluÒa.

En relaciÛn con la AsesorÌa JurÌdica del Departamento de EconomÌa y Finanzas, la aplicaciÛn de las normas citadas implica la supresiÛn autom·tica de todos los puestos de mando atribuidos a jefes de servicio, ya que est·n cubiertos por personal que se ha incorporado al cuerpo de abogados de la Generalidad de CataluÒa. Esto determina que, teniendo en cuenta las especificidades establecidas en la disposiciÛn cuarta del Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, sea necesario adaptar la estructura de la AsesorÌa JurÌdica del Departamento de EconomÌa y Finanzas a la nueva situaciÛn. En este sentido, y con el objetivo de aproximar la organizaciÛn de la AsesorÌa JurÌdica a sus funciones, se prescinde de la estructura en servicios y secciones y se atribuyen sus competencias a ·reas funcionales.

Por lo tanto, visto el informe favorable del Gabinete JurÌdico, a propuesta del consejero de EconomÌa y Finanzas, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

ArtÌculo ˙nico

Se modifican los artÌculos siguientes del Decreto 265/1986, de 3 de julio, sobre creaciÛn de la AsesorÌa JurÌdica del Departamento de EconomÌa y Finanzas:

-1††El artÌculo 1 queda redactado de la manera siguiente:

"1. Se crea la AsesorÌa JurÌdica del Departamento de EconomÌa y Finanzas, con nivel org·nico de direcciÛn general.

"2. Las funciones atribuidas a la AsesorÌa JurÌdica por este Decreto se ejercen respetando las que corresponden al Gabinete JurÌdico, especialmente por lo que hace referencia a la coordinaciÛn y unificaciÛn de los criterios de actuaciÛn de los diferentes servicios jurÌdicos de los departamentos, de acuerdo con lo que dispone el Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios jurÌdicos de la AdministraciÛn de la Generalidad de CataluÒa.

"3. Sin perjuicio de lo previsto en el artÌculo 14.1 del Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, corresponde al jefe de la AsesorÌa JurÌdica del Departamento de EconomÌa y Finanzas, con rango org·nico de director general, el mando de los abogados de la Generalidad de CataluÒa que le son adscritos y dem·s personal que est· destinado en aquella.

"4. Los abogados de la Generalidad de CataluÒa adscritos a la AsesorÌa JurÌdica del Departamento de EconomÌa y...

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