DECRETO 377/2006, de 3 de octubre, de modificación del Decreto 119/2002, de 16 de abril, por el que se crea el Consejo de Justicia de Cataluña, y se modifica su denominación.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

377/2006, de 3 de octubre, de modificación del Decreto 119/2002, de 16 de abril, por el que se crea el Consejo de Justicia de Cataluña, y se modifica su denominación.

El Decreto 119/2002, de 16 de abril, modificado por los decretos 95/2003, de 1 de abril, y 370/2004, de 7 de septiembre, creó el Consejo de Justicia de Cataluña como órgano colegiado, con el objetivo de ser un fórum de análisis, reflexión, debate, participación y propuesta de actuación en materias relacionadas con la Administración de justicia en Cataluña, con la finalidad de promover la comunicación y el intercambio entre los operadores y las instituciones implicadas en esta materia.

A fin de evitar la posible confusión con el órgano de nueva constitución que prevé el artículo 97 del Estatuto de autonomía de Cataluña, procede modificar la denominación del Consejo de Justicia de Cataluña, creado por el citado Decreto 119/2002, de 16 de abril, que pasa a denominarse Observatorio Catalán de la Justicia.

Asimismo, se considera conveniente ampliar la composición del Observatorio en lo referente a los representantes procedentes de corporaciones de derecho público relacionadas con la Administración de justicia, a los representantes de las organizaciones y asociaciones representativas de intereses relacionados con el ámbito de la Administración de justicia, las personas de competencia y prestigio en el ámbito de la justicia, y en el ámbito de las relaciones económicas, sociales y culturales.

Por esto, con audiencia y consulta previas a las corporaciones y entidades afectadas, a propuesta del consejero de Justicia, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

1.1 El Consejo de Justicia de Cataluña pasa a denominarse Observatorio Catalán de la Justicia.

1.2 Todas las referencias que los decretos 119/2002, de 16 de abril, 95/2003, de 1 de abril, y 370/2004, de 7 de septiembre, hacen al Consejo de Justicia de Cataluña deben entenderse hechas a la nueva denominación que establece este Decreto.

Artículo 2

Se modifica la letra A) del apartado c) del artículo 3.2 del Decreto 119/2002, de 16 de abril, que queda redactada de la siguiente manera:

"A) Procedentes de órganos institucionales de Cataluña:

"El/la presidente/a de la Comisión de Justicia, Derecho y Seguridad Ciudadana del Parlamento de Cataluña.".

Artículo 3

Se modifican las letras G), H) y I) del apartado c)...

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