ACUERDO 227/2009, de 28 de octubre, por el que se modifica la vigente relación de puestos de trabajo del personal laboral.

SecciónCargos y Personal
EmisorCONSEJO DEL AUDIOVISUAL DE CATALUÑA
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO

227/2009, de 28 de octubre, por el que se modifica la vigente relación de puestos de trabajo del personal laboral.

  1. En el Estatuto orgánico y de funcionamiento del Consejo, aprobado por el Acuerdo 3/2001, de 28 de febrero, se establece, en el artículo 17, que corresponde al Pleno del Consejo la aprobación de la composición de las plantillas, la vinculación, las retribuciones y el sistema de selección del personal. Igualmente, en el artículo 19 del mencionado Estatuto se establece que corresponde al secretario general la propuesta al Pleno, mediante el presidente, de la creación, modificación y supresión de las estructuras administrativas del Consejo.

  2. El Pleno del Consejo del Audiovisual de Cataluña, mediante el Acuerdo 304/2006, de 11 de octubre, aprobó el organigrama que sirve de base para la reorganización de la estructura administrativa del Consejo y adoptó, entre otras, la decisión de crear la Unidad de Relaciones Internacionales, adscrita al Gabinete de la Presidencia, con la función de gestionar las relaciones del Consejo con las instituciones internacionales, así como de preparar los contenidos de los viajes, las visitas y los actos oficiales de los miembros del Consejo.

  3. Posteriormente, el Pleno del Consejo del Audiovisual de Cataluña, por el Acuerdo 22/2008, de 13 de febrero, aprobó la relación de puestos de trabajo (RLT) del personal laboral, funcionario y eventual del Consejo, y sus normas de funcionamiento. El Acuerdo fue publicado en el DOGC núm. 5092, de 17.3.2008.

    En el apartado 5 de las Normas de funcionamiento de la relación de puestos de trabajo se determina, en relación con el mencionado artículo 19, que corresponde al Pleno, a propuesta de la Secretaría General, la aprobación de la relación de puestos de trabajo y sus modificaciones (creación, supresión o modificación de puestos de trabajo).

  4. Por razones organizativas y de la actividad del Consejo, es precisa la transformación del puesto de trabajo de jefe de la Unidad de Relaciones Internacionales, adscrito al Gabinete de la Presidencia, en el puesto de trabajo de jefe de la Unidad de Proyectos Singulares de Investigación, adscrito al Área de Estudios e Investigación, en los términos y con las funciones que se describen en el presente Acuerdo.

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2000, de 4 de mayo, del Consejo del Audiovisual de Cataluña, y en el Acuerdo 3/2001, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto orgánico y de funcionamiento del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR