RESOLUCIÓN IUE/347/2010, de 3 de febrero, por la que se aprueban las bases y se abre la convocatoria de ayudas a la edición y la difusión de libros de texto, manuales universitarios, libros científico-técnicos o de referencia, en soporte papel o electrónico, escritos en lengua catalana o traducidos a esta lengua (DILL 2010).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorAgencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

IUE/347/2010, de 3 de febrero, por la que se aprueban las bases y se abre la convocatoria de ayudas a la edición y la difusión de libros de texto, manuales universitarios, libros científico-técnicos o de referencia, en soporte papel o electrónico, escritos en lengua catalana o traducidos a esta lengua (DILL 2010).

Es de aplicación lo que dispone el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalidad de Cataluña; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Es de aplicación la Resolución UNI/962/2005, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases generales que deben regir la concesión de becas y ayudas convocadas por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR).

El artículo 11 de los Estatutos de la AGAUR, aprobado por el Decreto 168/2002, de 11 de junio, del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como su resolución. Estas facultades han sido delegadas al presidente o la presidenta de la Comisión Ejecutiva de Ayudas Universitarias (CEAU), con fecha 5 de diciembre de 2002.

Por todo ello,

Resuelvo:

Artículo 1

Aprobar las bases y convocar las ayudas a la edición y la difusión de libros de texto, manuales universitarios, libros científico-técnicos o de referencia, en soporte papel o electrónico, escritos en lengua catalana o traducidos a esta lengua (DILL 2010), según el anexo de esta Resolución.

Artículo 2

Esta convocatoria está financiada conjuntamente por la Dirección General de Universidades del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, por el Departamento de Economía y Finanzas, por el Departamento de Salud, por el Departamento de Justicia y por la Secretaría de Política Lingüística del Departamento de la Vicepresidencia. El importe máximo global es de 286.000,00 euros, que van a cargo de las partidas presupuestarias 449.0001, 470.0001 y 482.0001 del presupuesto de la AGAUR para el año 2010. De este importe total, la Dirección General de Universidades del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa aporta 200.000,00 euros, el Departamento de Economía y Finanzas y el Departamento de Salud aportan de sus presupuestos la cantidad de 18.000,00 euros cada uno, el Departamento de Justicia aporta 20.000,00 euros y la Secretaría de Política Lingüística del Departamento de la Vicepresidencia aporta 30.000,00 euros.

Disposición final

Esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el presidente o la presidenta de la CEAU en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Barcelona, 3 de febrero de 2010

Josep Ribas i Seix

Presidente de la Comisión Ejecutiva

de Ayudas Universitarias

Anexo

  1. Bases generales

    .1 Objeto

    Contribuir a potenciar el lenguaje científico en catalán a través de la concesión de ayudas para promover la edición y la difusión de libros de texto o manuales universitarios, libros de referencia y libros científico-técnicos escritos en lengua catalana o traducidos a esta lengua destinados a materias obligatorias y optativas de los estudios universitarios, en soporte papel o en soporte electrónico.

    Se incluyen los manuales o libros universitarios, sean ediciones propias o ediciones que provengan de la traducción de libros existentes en otros idiomas.

    Quedan excluidos de esta convocatoria los diccionarios, actas de jornadas o de congresos y las recopilaciones terminológicas.

    La tirada mínima de la primera edición debe ser de 800 (ochocientos) ejemplares, una vez deducidos los no destinados a venta, según el contrato con el/la autor/a. Con la justificación previa, puede contemplarse una cantidad inferior, que debe ser siempre de un mínimo de 500 (quinientos) ejemplares.

    Todos los proyectos deben garantizar la calidad lingüística de los textos mediante la aplicación de los criterios lingüísticos vigentes en cada lenguaje de especialidad, conforme a lo que establece el Centro de Terminología de la lengua catalana (Termcat).

    .2 Entidades beneficiarias

    2.1 Empresas editoriales que estén interesadas en realizar la edición de libros en lengua catalana, en soporte papel o electrónico, susceptibles de ser utilizados como libros de texto o manuales universitarios, libros de referencia y libros científico-técnicos destinados al mundo universitario.

    2.2 Entidades públicas o privadas que demuestren tener la infraestructura material, el personal y la capacidad de comercialización suficientes para realizar las ediciones objeto de la presente convocatoria.

    .3 Periodo

    Los trabajos de edición de los materiales deberán llevarse a cabo íntegramente durante el año 2010.

    .4 Cuantía

    En cuanto a los libros editados en soporte papel, las ayudas consistirán en una dotación económica que no puede superar el 30% del presupuesto total de la solicitud.

    Este límite...

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