ORDEN EMO/174/2012, de 15 de junio, por la que se amplía de oficio y de manera excepcional el plazo para la presentación de la justificación económica de la Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto, para determinadas subvenciones convocadas por el Servicio de Empleo de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

Visto el artículo 3.2 de la Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto (DOGC núm. 5197, de 19.8.2008), que establece el régimen de justificación económica de las subvenciones previstas en los programas de políticas activas de empleo que gestiona el Servicio de Empleo de Cataluña, modificada por la Orden TRE/260/2009, de 15 de mayo (DOGC núm. 5386, de 25.5.2009), los beneficiarios de las subvenciones para el desarrollo de las acciones previstas en los programas de las políticas activas de empleo que gestiona el Servicio de Empleo de Cataluña están obligados a justificar la correcta aplicación de los fondos públicos recibidos a este efecto en el plazo de dos meses desde la finalización de la acción.

Igualmente, el artículo 15.1 de la Resolución EMO/638/2011, de 24 de febrero, por la que se abre la convocatoria de subvenciones del programa Forma y Contrata para la realización de acciones de formación con compromiso de contratación para el año 2011; el artículo 30 de la Resolución EMO/2055/2011, de 8 de agosto, por la que se abre la convocatoria de las subvenciones para la realización de acciones de formación del Programa de cualificación profesional inicial para el curso académico 2011-2012 (PQPI), modificada por la Resolución EMO/2203/2011, de 21 de septiembre, el artículo 32.1 de la Resolución EMO/1481/2011, de 8 de junio, por la que se abre la convocatoria de las subvenciones para la realización de acciones de formación de oferta mediante planes formativos en áreas profesionales prioritarias para el año 2011, y el artículo 37.1 de la Orden EMO/124/2011, de 6 de junio, por la que se modifica la Orden TRE/563/2009, de 22 de diciembre, y se abre la convocatoria de subvenciones a entidades locales para realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras en situación de desempleo para el año 2011, también prevén el plazo general de dos meses desde la finalización de la acción de la Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto, para justificar la correcta aplicación de los fondos públicos recibidos.

No obstante, el artículo 3.3 de la Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto, prevé la ampliación del plazo de presentación de justificación económica, en el sentido de que el órgano concedente de la subvención podrá otorgar una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no exceda de la mitad del plazo previamente otorgado y siempre que no se perjudiquen los derechos de terceros, de...

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