ORDEN ARP/384/2002, de 13 de noviembre, por la que se prorroga el mandato de los presidentes y los vocales de los consejos reguladores de las denominaciones de origen vitivinícolas de Cataluña.

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/384/2002, de 13 de noviembre, por la que se prorroga el mandato de los presidentes y los vocales de los consejos reguladores de las denominaciones de origen vitivinícolas de Cataluña.

En fecha 23 de noviembre de 1997, se procedió a la elección de los vocales de los consejos reguladores de las denominaciones de origen de Cataluña, y fueron proclamados en fecha 28 de noviembre de 1997.

El consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca dictó Resolución en fecha 3 de diciembre de 1997, en la que nombraba a los presidentes de los diferentes consejos reguladores que habían resultado elegidos, de acuerdo con el artículo 28 de la Resolución de 4 de agosto de 1997, sobre elecciones para la renovación de presidentes y vocales de los consejos reguladores de las denominaciones de origen vitivinícolas de Cataluña.

Los artículos 10.6 y 10.12 de la Ley 15/2002, de 27 de junio, de ordenación vitivinícola, especifican que debe establecerse el procedimiento reglamentario de elección de los órganos de gobierno de los consejos reguladores de las denominaciones de origen, y además la disposición adicional primera de esta Ley da un plazo de un año para que los diferentes consejos reguladores que existan a la entrada en vigor de la Ley adapten sus reglamentos a la nueva Ley. Por todo ello, es necesario prorrogar el mandato de los presidentes y los vocales surgidos de las últimas elecciones durante un plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la Ley 15/2002, de 27 de junio, para facilitar todo el proceso de readaptación, y también es necesario dar cobertura a este mandato prorrogado con efectos retroactivos desde que se produjo la finalización de los cuatro años del mandato de las últimas elecciones.

En consecuencia, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Prorrogar la vigencia de los cargos de presidentes y vocales de los consejos reguladores de las denominaciones de origen vitivinícolas de Cataluña elegidos en las elecciones efectuadas el 23 de noviembre de 1997, mientras no se proceda a la toma de posesión de presidentes y vocales surgidos a través de la convocatoria electoral correspondiente.

Artículo 2

La prórroga del mandato tiene efectos retroactivos desde el 28 de noviembre de 2001 para los vocales, y desde el 3 de diciembre de 2001 para los presidentes, fechas en las que se...

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