ORDEN de 18 de octubre de 2001, por la que se establecen los requisitos legales para la concesión de los premios Catalunya de educación, de reconocimiento social a maestras, maestros, profesoras, profesores, centros de enseñanza e instituciones impulsoras de la escuela catalana.
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
de 18 de octubre de 2001, por la que se establecen los requisitos legales para la concesión de los premios Catalunya de educación, de reconocimiento social a maestras, maestros, profesoras, profesores, centros de enseñanza e instituciones impulsoras de la escuela catalana.
De acuerdo con lo que dispone el Decreto de creación de los premios Catalunya de educación, de reconocimiento social a maestras, maestros, profesoras, profesores e instituciones impulsoras de la escuela catalana, y en ejercicio de lo previsto en su disposición final primera,
Ordeno:
Podrán ser propuestos para el premio Catalunya de educación:
a) Maestras, maestros, profesoras o profesores que hayan mostrado su excelencia en el ejercicio de su tarea docente.
b) Centros docentes que impartan enseñanzas de régimen general o especial debidamente autorizadas por el Departamento de Enseñanza y que hayan llevado a cabo experiencias exitosas de innovación pedagógica.
c) Instituciones que hayan contribuido al proceso de construcción de una escuela catalana de calidad al servicio de la sociedad catalana y que se hayan distinguido por la defensa de la educación y de sus valores.
Pueden hacer propuestas de concesión de los premios:
a) La consejera de Enseñanza.
b) Los órganos institucionales de participación y consulta: Consejo Escolar de Cataluña, consejos escolares territoriales y municipales.
c) Las federaciones y asociaciones de municipios y comarcas de Cataluña y los ayuntamientos asociados.
d) Las organizaciones sindicales representantes del profesorado.
e) Las federaciones y asociaciones de movimientos de renovación pedagógica de Cataluña.
f) Las federaciones y asociaciones de madres y padres de alumnos de Cataluña.
g) El Consejo Interuniversitario de Cataluña.
h) El Consejo Catalán de la Formación Profesional.
i) El Institut d’Estudis Catalans.
j) El Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Cataluña.
k) El Institut Joan Lluís Vives.
l) Las asociaciones de alumnos.
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Las propuestas de concesión de los premios se presentarán dentro del plazo comprendido entre el 1 y el 30 de noviembre de cada año mediante una comunicación dirigida a la consejera de Enseñanza.
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Las propuestas deberán hacer constar los datos de identificación de la persona, centro docente o institución propuesta para la obtención del premio y los...
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