ORDEN AAR/80/2009, de 2 de marzo, por la que se convocan becas de colaboración para el 2009 para llevar a cabo estudios relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, y tareas de asistencia y soporte a las actividades departamentales. (Corrección de erratas en el DOGC núm. 5348, pág. 26556, de 27.3.2009).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyOrden

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AAR/80/2009, de 2 de marzo, por la que se convocan becas de colaboración para el 2009 para llevar a cabo estudios relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, y tareas de asistencia y soporte a las actividades departamentales. (Corrección de erratas en el DOGC núm. 5348, pág. 26556, de 27.3.2009).

NOTA. En este texto se han introducido las correcciones de errata publicadas en el DOGC.

El Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural quiere favorecer la formación práctica de las personas que estudian en las universidades o que acaban de obtener la diplomatura o licenciatura. Es por este motivo, y con el objetivo de facilitarles la incorporación al mercado de trabajo como profesionales , que se ha creado un programa por el que se otorgan becas de colaboración para llevar a cabo estudios relacionados con los ámbitos de actuación del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural.

Por todo ello, y de acuerdo con lo que prevé el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de ocho becas de colaboración para llevar a cabo tareas de asistencia y soporte a las actividades del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (DAR), que se publican en el anexo 1.

Artículo 2

2.1 Convocar las becas que se relacionan en el anexo 2 de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en el artículo 1.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGC.

2.3 El importe global de estas becas es de 35.000 euros, que irán a cargo de la partida presupuestaria AG01/D/460000100/6120 de los presupuestos del DAR para el año 2009.

2.4 El órgano instructor de los expedientes es la Dirección de Servicios del DAR.

2.5 El órgano competente para dictar la resolución de las solicitudes es el consejero o consejera de Agricultura, Alimentación y Acción Rural. A estos efectos se nombra un a comité de valoración que será el órgano colegiado encargado de valorar las solicitudes, formado por el director o directora de Servicios, el director territorial de Barcelona, y el abogado/a jefe/a. Las...

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