ORDEN ENS/217/2011, de 6 de septiembre, por la que se convocan ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario e informático para el alumnado escolarizado en centros educativos sostenidos con fondos públicos durante el curso 2011-2012.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyOrden

ORDEN

ENS/217/2011, de 6 de septiembre, por la que se convocan ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario e informático para el alumnado escolarizado en centros educativos sostenidos con fondos públicos durante el curso 2011-2012.

El artículo 83 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece que para garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación, el alumnado con condiciones socioeconómicas desfavorecidas tiene derecho a obtener becas y ayudas en el estudio.

Por otra parte, el artículo 6 de la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación, dispone que el sistema público de becas para el estudio tiene el objetivo de compensar las desigualdades económicas y sociales y, en las enseñanzas no obligatorias, incentivar el estudio. Además, prevé que todo el alumnado tiene derecho a acceder, en condiciones de igualdad, al sistema público de becas para el estudio en función de sus recursos económicos, aptitudes y preferencias.

Con este objetivo, el Departamento de Enseñanza ha iniciado los trámites para firmar un convenio de colaboración con el Ministerio de Educación, para el curso escolar 2011-2012, mediante el que se financiará esta convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario e informático, destinados al alumnado que cursa enseñanzas obligatorias en centros educativos sostenidos con fondos públicos.

Al mismo tiempo, mediante otra convocatoria específica, el Departamento de Enseñanza concede ayudas a los centros que solicitan participar en el Programa cooperativo para el fomento de la reutilización de libros de texto. Con el fin de optimizar el uso de los recursos públicos, el contenido de estas ayudas individuales se articula con el de las ayudas concedidas en los centros por el Programa mencionado.

Por todo ello, de acuerdo con el que establecen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y a propuesta de la Dirección General de Atención a la Familia y Comunidad Educativa,

Ordeno:

Artículo 1

Convocatoria

Abrir convocatoria pública para la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario e informático, destinados al alumnado de las enseñanzas obligatorias matriculado en centros educativos sostenidos con fondos públicos de Cataluña, para el curso escolar 2011-2012.

Artículo 2

Bases

Aprobar las bases reguladoras que rigen esta convocatoria, que constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

Importe y presupuesto

Se destina a la concesión de estas ayudas un importe total máximo de 11.663.049,00 euros, con cargo al crédito EN0704 D/480000100/4250/0042 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2011, condicionado a la aplicación efectiva de la retención de crédito con número de operación 00163211310003900, del Ministerio de Educación, destinado a la financiación del convenio de colaboración para el curso escolar 2011-2012.

Esta cantidad se puede incrementar de acuerdo con las solicitudes recibidas y condicionado a la disponibilidad efectiva del crédito en el momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

Artículo 4

Distribución de las ayudas

La cantidad individual máxima de ayuda que se puede obtener es de hasta 105,00 euros. En cualquier caso, cuando el/la alumno/a esté escolarizado/a en un centro que participe en el Programa cooperativo para el fomento de la reutilización de libros de texto, y resulte beneficiario/a de este programa, el importe de las ayudas concurrentes no puede superar el coste soportado por el/la alumno/a para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario e informático.

Artículo 5

Solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes para participar en esta convocatoria es desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC hasta el 30 de septiembre de 2011.

Sólo las personas solicitantes que no tengan reserva de plaza el 30 de septiembre de 2011 pueden presentar la solicitud con posterioridad a este plazo.

Artículo 6

Consorcio de Educación de Barcelona

Las referencias efectuadas en las bases reguladoras a los servicios territoriales del Departamento de Enseñanza, se tienen que entender hechas al Consorcio de Educación de Barcelona con respecto al territorio de la ciudad de Barcelona, de acuerdo con el régimen de asunción de competencias de este Consorcio.

Artículo 7

Resolución

La directora general de Atención a la Familia y Comunidad Educativa resolverá esta convocatoria por delegación, en el plazo máximo de seis meses a contar a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR