RESOLUCIÓN PRE/3900/2009, de 30 de diciembre, de convocatoria de provisión, por el sistema de libre designación, de varios puestos de trabajo del Gabinete Jurídico de la Generalidad de Cataluña (convocatoria de provisión núm. PR013/2009).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

PRE/3900/2009, de 30 de diciembre, de convocatoria de provisión, por el sistema de libre designación, de varios puestos de trabajo del Gabinete Jurídico de la Generalidad de Cataluña (convocatoria de provisión núm. PR013/2009).

De acuerdo con lo que establecen la Ley 7/1996, de 5 de julio, de organización de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña; el artículo 40 del Decreto 57/2002, de 19 de febrero, de modificación del Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Dado que están vacantes varios puestos de trabajo del Gabinete Jurídico de la Generalidad de Cataluña, y vista la propuesta del titular del órgano directivo para su provisión;

Dada la vigente relación de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalidad y la descripción de los puestos de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el correspondiente trámite de intervención;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

.1 Convocar, por el sistema de libre designación, varios puestos de trabajo en el cuerpo de abogacía de la Generalidad de Cataluña, adscritos al Gabinete Jurídico de la Generalidad del Departamento de la Presidencia (convocatoria de provisión núm. PR013/2009), que se detallan en el anexo 2 de esta Resolución.

.2 Aprobar las bases de la convocatoria que constan en el anexo 1 de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de la Presidencia, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o bien pueden interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona o, a su elección, lo pueden interponer ante el juzgado en cuya circunscripción tengan el domicilio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo que prevén los artículos 116 i 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de les administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8.2, 14 i 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 30 de diciembre de 2009

P. D. (Resolución PRE/2400/2008, DOGC de 29.7.2008)

Jordi Menéndez i Pablo

Secretario general adjunto

Anexo 1

Bases

.1  Puestos de trabajo

Se abre la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de varios puestos de trabajo del Gabinete Jurídico de la Generalidad de Cataluña, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

.2  Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo objeto de concurso es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

.3  Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario del cuerpo de abogacía de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, las que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria.

3.2 El personal funcionario mencionado puede estar respecto de la Administración de la Generalidad en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.3 Los funcionarios con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.4 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria es necesario poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el anexo 2.

En el caso de que los aspirantes no estén en posesión del certificado acreditativo correspondiente, el órgano competente evaluará mediante una prueba, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, previamente a la elaboración de la propuesta de admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.

En este último caso, transcurridos diez días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en los tablones de anuncios del Departamento, en las direcciones citadas en la base 4.1 de esta convocatoria, el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos de lengua catalana.

No obstante lo anterior, están exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalidad en que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria.

En estos supuestos, deberá adjuntarse a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

3.5 En ningún caso podrán tomar parte los funcionarios que se encuentren en suspensión de empleo, los trasladados de puestos de trabajo ni los destituidos de puestos de mando como consecuencia de un expediente disciplinario mientras duren los efectos correspondientes, sin perjuicio de que los destituidos de cargos puedan participar para puestos singulares. Tampoco podrán tomar parte los funcionarios en situación diferente a servicio activo que no hayan permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar en el servicio activo.

3.6 Los requisitos de participación se deben reunir en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

.4  Solicitudes

4.1 Las solicitudes para tomar parte en este concurso se deben presentar en el Registro general del Departamento de la Presidencia, en las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad, según las direcciones que se indican a continuación, o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 15 días hábiles contando desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta Resolución de convocatoria en el DOGC.

Las solicitudes se pueden presentar:

Departamento de la Presidencia, c. Sant Honorat, 1-3, 08002 Barcelona.

Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Barcelona, Via Laietana, 14, 08007 Barcelona.

Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Girona, Gran Via de Jaume I, 9, 17001 Girona.

Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Lleida, c. Lluís Companys, 1, 25003 Lleida.

Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Tarragona, c. Sant Francesc, 3, 43003 Tarragona.

Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Les Terres de l'Ebre, c. Montcada, 23, 43500 Tortosa.

4.2 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para las personas que concursen y sólo se admitirán renuncias a la participación en el concurso cuando se presenten dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que el órgano competente decida aceptarlas, una vez transcurrido el citado plazo, por causas debidamente justificadas.

4.3 La solicitud deberá formalizarse según el modelo que figura como anexo de la Resolución de 4 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2546, de 29.12.1997), igualmente, se puede obtener en la siguiente dirección de Internet:

http://www.gencat.net/governacio-ap/administracio/doc/espe.doc.

Las personas aspirantes tendrán que adjuntar a la solicitud de participación la declaración correspondiente de datos profesionales que tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, debidamente especificados.

4.4 Las personas aspirantes a las que hace referencia la base 3.3 deben adjuntar, asimismo, un informe emitido por el equipo oficial de valoración de disminuciones del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) para que se pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo, los/las candidatos/as podrán pedir en la solicitud de participación la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y sea compatible con el contenido del puesto y el servicio público a prestar.

4.5 Las personas aspirantes deben consignar en la solicitud de participación la denominación y el código de identificación del puesto al que se opta y, si se quiere concursar para más de un puesto de esta convocatoria, se deberán indicar las denominaciones y los códigos correspondientes de los puestos a los que se opta por orden de preferencia.

En el caso de que no se manifieste la preferencia del orden de prioridad de las plazas solicitadas, se determinará en función de los criterios objetivamente deducibles de la solicitud de participación.

.5  Criterios profesionales

5.1...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR