RESOLUCIÓN UNI/1855/2002, de 17 de junio, por la que se abre la convocatoria para la selección de lectores de catalán a tiempo completo en universidades extranjeras y se aprueban las bases que regirán su selección.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

UNI/1855/2002, de 17 de junio, por la que se abre la convocatoria para la selección de lectores de catalán a tiempo completo en universidades extranjeras y se aprueban las bases que regirán su selección.

En fecha 5 de abril de 2002 la Generalidad de Cataluña, a través de los departamentos de Cultura y de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, firmaron un convenio para constituir el Instituto Ramon Llull con la finalidad de llevar a cabo la promoción exterior de la lengua y la cultura catalanas, incorporando a su estructura la Comisión de promoción de la enseñanza del catalán en las universidades de fuera del ámbito territorial de Cataluña. Consecuentemente la presente convocatoria se beneficia de la aportación de recursos de ambos departamentos de la Generalidad de Cataluña.

El Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, con el fin de contribuir a fomentar la enseñanza del catalán de fuera del ámbito territorial de Cataluña y a formar licenciados universitarios en el ámbito de la docencia y la investigación en relación con la lengua y la cultura catalanas y, al mismo tiempo, contribuir al intercambio de lenguas y culturas, abre la convocatoria para la selección de los candidatos a lectores de catalán a tiempo completo y su consecuente adscripción a las plazas de las universidades extranjeras objeto de la presente convocatoria.

Esta convocatoria se dirige, principalmente, a los licenciados en filología catalana o a los licenciados en humanidades con amplios conocimientos de la lengua y cultura catalanas.

De conformidad con lo que dispone el capítulo 9 del Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalidad;

Según lo que establece la Orden UNI/115/2002, de 26 de marzo, por la que se aprueban las bases que deben regir la concesión de becas y subvenciones convocadas para el Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información (DOGC núm. 3616, de 16.4.2002) y de acuerdo con lo que disponen el artículo 2 y la base 8 del anexo de dicha Orden,

Resuelvo:

Artículo 1

Abrir la convocatoria para la selección de los lectores de catalán a tiempo completo y su consiguiente adscripción a las plazas ofertadas que figuran en el anexo 2 de esta convocatoria y aprobar las bases específicas que regirán su selección, que se detallan en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2

La presente convocatoria también se regula por la Orden UNI/115/2002, de 26 de marzo, para la que se aprueban las bases que deben regir la concesión de becas y ayudas convocadas para el Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información.

Disposición transitoria

Cuando la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación, creada por la Ley 4/2001, de 31 de mayo, asuma plenamente sus funciones, y de conformidad con sus Estatutos, los órganos de la Agencia podrán hacerse cargo de la gestión y resolución de las subvenciones que la presente convocatoria atribuye a los órganos del Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información.

Disposición final

Esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con el artículo 46 en relación con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Barcelona, 17 de junio de 2002

Andreu Mas-Colell

Consejero de Universidades, Investigación

y Sociedad de la Información

Anexo 1

Bases de la convocatoria

-1 Objeto

Seleccionar los lectores de catalán, a tiempo completo, que deberán impartir docencia de lengua y literatura catalanas en las universidades de fuera del ámbito territorial de Cataluña, detalladas en el anexo 2 de esta Resolución.

-2 Requisitos necesarios de los solicitantes:

a) Ser ciudadano comunitario o bien tener la nacionalidad de estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Estar en posesión del título de licenciado en filología catalana o de licenciado en humanidades, o bien aportar comprobante de solicitud de expedición del título correspondiente. En caso de que el título académico se haya obtenido en una universidad extranjera, será necesario aportar la correspondiente homologación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

c) Estar en posesión del certificado de conocimientos superiores de lengua catalana (nivel D) de la Junta Permanente de Catalán o equivalente, para el supuesto en que el aspirante no sea licenciado en filología catalana.

d) Acreditar el conocimiento suficiente del idioma oficial del país de destinación.

e) No padecer ninguna enfermedad ni impedimento para el desarrollo de las funciones que requiere la presente convocatoria.

-3 Periodo de desarrollo de la actividad del lector

Curso académico 2002-2003, con...

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