ORDEN INT/353/2005, de 29 de julio, por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones previsto en la Orden INT/72/2004, de 12 de marzo, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales y destinadas a la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

INT/353/2005, de 29 de julio, por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones previsto en la Orden INT/72/2004, de 12 de marzo, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales y destinadas a la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil, así como para la elaboración, la actualización y la implantación de planes de protección civil, y se aprueban sus bases.

Mediante la Orden INT/72/2004, de 12 de marzo, de la consejera de Interior, se abrió convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales y destinadas a la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil, así como para la elaboración, la actualización y la implantación de planes de protección civil (DOGC núm. 4098, de 24.3.2004).

La base 8 de la mencionada convocatoria dispuso que los beneficiarios de la subvención tienen que presentar la documentación justificativa de los gastos efectuados en la Dirección General de Emergencias y Seguridad Civil en el plazo de nueve meses des del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución de concesión, la cual se publicó en el DOGC núm. 4251, de 2.11.2004.

Dado que las actuaciones objeto de estas subvenciones requieren de un plazo de ejecución más amplio, se hace necesario ampliar el plazo de justificación de los gastos efectuados por los beneficiarios de las subvenciones concedidas mediante la Resolución...

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