ORDEN GAP/283/2004, de 29 de julio, de convocatoria de subvenciones para la introducción de las nuevas tecnologías en la prestación de servicios de los entes locales de Cataluña y de aprobación de las bases reguladoras.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

GAP/283/2004, de 29 de julio, de convocatoria de subvenciones para la introducción de las nuevas tecnologías en la prestación de servicios de los entes locales de Cataluña y de aprobación de las bases reguladoras.

La Orden GRI/325/2002, de 17 de septiembre, publicada en el DOGC núm. 3730, de 1.10.2002, aprobó las bases generales que debían regir las convocatorias de concesión de subvenciones dirigidas a ayuntamientos y consejos comarcales para proyectos relacionados con la gestión interadministrativa y la prestación de servicios por Internet.

Estas subvenciones financiaron, entre otras actuaciones, el desarrollo por parte de los entes dependientes del Consorcio AOC de aplicaciones para prestar determinados servicios municipales por Internet con plenas garantías jurídicas, y la creación de una plataforma de interconexión de las bases de datos de varias administraciones para expedir telemáticamente volantes o certificados de padrón, con las ventajas que para las instituciones y, particularmente, para los propios ciudadanos ello representa.

La oportunidad de extender las mencionadas aplicaciones a otros ayuntamientos interesados en disponer de ellas justifica que se destine una parte de la dotación económica disponible a esta finalidad, y se ofrece a las diputaciones provinciales la posibilidad de colaborar en el logro de este objetivo mediante la formalización de los correspondientes convenios para llevar a cabo las tareas de implementación, apoyo técnico y utilización de las aplicaciones.

Por otra parte, hay una serie de proyectos dirigidos al conjunto de las administraciones locales catalanas que tienen por finalidad mejorar la prestación de servicios a los ciudadanos por Internet, coordinando diferentes iniciativas mediante un desarrollo centralizado que debe permitir su despliegue a los ayuntamientos de una forma rápida y con un coste reducido, que por sus características deben ser desarrollados por el Consorcio AOC.

Por todo ello, de la dotación de 6 millones de euros existente en la partida presupuestaria "Fomento prestación servicios locales electrónicos" para el año 2004, se reservan 3 millones para atender estas finalidades.

Finalmente, la experiencia acumulada en la gestión de la convocatoria del año 2002 y el análisis de las necesidades de los entes locales en relación a las nuevas tecnologías hacen que se haya definido otra línea de actuación, a gestionar mediante esta convocatoria, para el desarrollo de otros proyectos que mejoren tanto la prestación de servicios de información y tramitación a los ciudadanos y a las empresas como la gestión interna de las administraciones locales, y que potencien en todos los casos el uso de la firma electrónica favoreciendo de este modo la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la sociedad catalana.

Visto lo que dispone el capítulo 9 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

Vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, y a propuesta de la Dirección General de Administración Local,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a ayuntamientos para la introducción de las nuevas tecnologías en la prestación de servicios de los entes locales.

Artículo 2

Aprobar las bases reguladoras de esta convocatoria de subvenciones, que figuran el anexo de esta Orden.

Artículo 3

Las solicitudes para concurrir a esta convocatoria se podrán presentar a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el DOGC hasta el 30 de septiembre de 2004.

Artículo 4

Las subvenciones correspondientes a esta convocatoria irán a cargo de la partida presupuestaria GO03 D/7641101100/5171, con una dotación máxima de 3.000.000,00 de euros.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 29 de julio de 2004

Joan Carretero i Grau

Consejero de Gobernación y Administraciones Públicas

Anexo

Bases reguladoras

.1 Objeto de la convocatoria

El objeto de las subvenciones que se rigen por estas bases es la introducción de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones en la prestación de servicios de los entes locales. A tal efecto son subvencionables proyectos relativos a:

a) La mejora de los procesos de gestión interna y la prestación por parte de las administraciones locales de servicios de información y tramitación a los ciudadanos y a las empresas mediante:

La implantación de gestores de contenidos para facilitar la actualización de los webs...

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