DECRETO 145/2012, de 6 de noviembre, de creación de la Comisión Interdepartamental de Nitratos y Deyecciones Ganaderas.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Decreto |
El artículo 116.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña determina que corresponde a la Generalidad la competencia exclusiva en la regulación y el desarrollo de la agricultura, la ganadería y el sector agroalimentario.
El artículo 144.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña señala que corresponde a la Generalidad la competencia compartida en materia de medio ambiente y la competencia para el establecimiento de las normas adicionales de protección. Esta competencia compartida incluye en todo caso el establecimiento y la regulación de los instrumentos de planificación ambiental y aprobación de estos instrumentos.
El artículo 113 del Estatuto de autonomía de Cataluña determina que corresponde a la Generalidad el desarrollo, la aplicación y la ejecución de la normativa de la Unión Europea cuando afecta al ámbito de sus competencias; que también se recoge en el artículo 189 del Estatuto.
Cataluña cuenta con un importante sector agrícola, ganadero y agroalimentario que genera en su proceso de transformación un elevado volumen de materia orgánica como subproducto y/o residuo a gestionar.
La gestión de las deyecciones ganaderas y de la materia orgánica en general, añadida a la de los fertilizantes nitrogenados, exigen cada vez más un enfoque más transversal. Según las tipologías y procedencias del material orgánico a gestionar, el sistema de tratamiento utilizado y la gestión posterior de los diferentes materiales obtenidos, implica la intervención y la regulación de varios departamentos de la Generalidad y de otros organismos, públicos y privados.
Este hecho hace necesaria la creación de una Comisión Interdepartamental a fin de que las diferentes unidades de la Administración, dentro del ámbito de sus funciones, se coordinen con el fin de obtener un mejor conocimiento y así poder dar una respuesta ágil y eficaz en la tramitación, seguimiento y control de estos sistemas de gestión.
Actualmente en la regulación de la gestión de los nitratos producidos por las deyecciones ganaderas y de los residuos orgánicos intervienen, entre otras, las siguientes normas: Directiva 91/676/CEE, del Consejo de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación por los nitratos utilizados en la agricultura; Directiva 2000/60/CE, del Parlamento europeo y del Consejo, de 23 de octubre, que establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas; Directiva 2006/118/CE, del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, de protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro; Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, de aprobación del programa de actuaciones aplicable a las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos que proceden de fuentes agrarias y de gestión de las deyecciones ganaderas; Real decreto 824/2005, de 8 de julio, sobre productos fertilizantes; Real decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que regula la utilización de los lodos de depuradora en el sector agrario; Real decreto 865/2010, de 2 de julio, sobre sustratos de cultivo; Reglamento (CE) 1069/2009, del Parlamento europeo y del Consejo, de 21 de octubre, por el que se establece las normas sanitarias aplicables a...
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