ORDEN PRE/265/2004, de 20 de julio, de segunda modificación de las bases 1, 7 y 8 del anexo 3, regulador de las subvenciones para inversiones a bienes inmuebles destinados a actividades con niños y jóvenes, de la Orden PRE/36/2003, de 27 de enero, de aprobación de las bases para la concesión de subvenciones para actuaciones relacionadas con el...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/265/2004, de 20 de julio, de segunda modificación de las bases 1, 7 y 8 del anexo 3, regulador de las subvenciones para inversiones a bienes inmuebles destinados a actividades con niños y jóvenes, de la Orden PRE/36/2003, de 27 de enero, de aprobación de las bases para la concesión de subvenciones para actuaciones relacionadas con el mundo juvenil de Cataluña, modificada por la Orden PRE/152/2004, de 5 de mayo.

Vistos el Decreto 193/2004, de 20 de febrero, de segunda modificación del Decreto 296/2003, de 20 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 4076, de 23.2.2004), y el Decreto 195/2004, de 24 de febrero, de reestructuración parcial del Departamento de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 4079, de 26.2.2004);

Visto el Decreto 184/2000, de 24 de mayo, de reestructuración del Departamento de la Presidencia (DOGC núm. 3152, de 1.6.2000), y en concreto los artículos 19 y siguientes, reguladores de las funciones y la estructura de la Secretaría General de Juventud, que atribuyen a este órgano la dirección, el seguimiento y la supervisión de actuaciones en el ámbito juvenil;

Vista la Orden PRE/36/2003, de 27 de enero, de aprobación de las bases para la concesión de subvenciones para actuaciones relacionadas con el mundo juvenil de Cataluña (DOGC núm. 3813, de 3.2.2003);

Vista la Orden PRE/152/2004, de 5 de mayo, de modificación de la Orden PRE/36/2003, de 27 de enero, de aprobación de las bases para la concesión de subvenciones para actuaciones relacionadas con el mundo juvenil de Cataluña (DOGC núm. 4135, de 18.5.2004);

Visto el texto del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791, de 31.12.2002);

Vista la Orden del Departamento de Economía y Finanzas de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas y de subvenciones (DOGC núm. 2500, de 21.10.1997);

Vista la necesidad de una mayor concreción del período en el que se llevarán a cabo las actividades objeto de las subvenciones para inversiones a bienes inmuebles destinados a actividades con niños y jóvenes de la Orden PRE/36/2003, de 27 de enero, modificada por la Orden PRE/152/2004, de 5 de mayo, así como del plazo de justificación y de la tramitación del pago de estas subvenciones,

Ordeno:

.1 Modificar las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR