ORDEN PTO/348/2005, de 25 de julio, por la que se hace pública la convocatoria de la concesión de ayudas para la mejora del transporte urbano en municipios no incluidos dentro del ámbito de la Autoridad del Transporte Metropolitano y se aprueban las bases.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PTO/348/2005, de 25 de julio, por la que se hace pública la convocatoria de la concesión de ayudas para la mejora del transporte urbano en municipios no incluidos dentro del ámbito de la Autoridad del Transporte Metropolitano y se aprueban las bases.

El Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, en la línea de promover la mejora de la calidad y prestación de los servicios de transporte público, ha establecido un programa de ayudas dirigido a los ayuntamientos que, integrados en el ámbito de la Autoridad del Transporte Metropolitano (ATM), no forman parte de la Entidad Metropolitana del Transporte (EMT), con el fin de contribuir a la financiación de actuaciones dirigidas a la consecución de políticas de sostenibilidad urbana concretadas en la mejora de los servicios de transporte público urbano. En esta misma orientación, resulta necesario extender la actuación a los municipios que no se encuentran dentro del ámbito de la ATM y prestan el servicio de transporte urbano.

Por todo ello, de acuerdo con lo que disponen el capítulo 9 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; las normas básicas que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el resto de normativa vigente aplicable; y de conformidad con la Ley 11/2004, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2005,

Ordeno:

Artículo 1

Hacer pública la convocatoria del año 2005 de la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora del transporte urbano en municipios no incluidos dentro del ámbito de la ATM.

Artículo 2

Aprobar las bases que con carácter general deben regir la convocatoria, las cuales figuran en el anexo de la presente Orden.

Artículo 3

La concesión de estas ayudas se imputa con cargo a la posición presupuestaria PO03 D/472160300/5131 del presupuesto del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña para el año 2005, por un importe máximo de quinientos mil (500.000,00) euros.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 25 de julio de 2005

Joaquim Nadal i Farreras

Consejero de Política Territorial

y Obras Públicas

Anexo

Bases

.1 Objeto y actuaciones subvencionables

1.1 Las presentes ayudas tienen por objeto el fomento de la realización de proyectos para la mejora del transporte urbano en municipios no incluidos dentro del ámbito de la ATM.

1.2 Las propuestas de mejora del transporte contenidas en los proyectos objeto de las ayudas se deben referir a actuaciones realizadas o a realizar en el ejercicio de 2005, y se deben corresponder con la siguiente tipología:

a) De mejora de la velocidad comercial:

a1) Implantación de carril bus.

a2) Instalación de semáforos con prioridad bus.

a3) Instalación de plataformas delante de las paradas.

a4) Mejora estructural de paradas.

a5) Implantación de prioridades a la salida de la parada.

a6) Implantación de giros exclusivos para el transporte público.

a7) Implantación de semáforos exclusivos para bus.

a8) Implantación de sistemas de ayuda a la explotación (SAE).

a9) Implantación de sistemas de control del aparcamiento en el itinerario bus.

a10) Implantación de sistemas automáticos de vigilancia en las paradas de bus para evitar el aparcamiento de vehículos.

b) De mejora de la cobertura del servicio:

b1) Incremento de la cobertura horaria.

b2) Incremento de la frecuencia de paso.

b3) Incremento de los KM recorridos.

b4) Incremento del número de líneas.

b5) Incremento del número de paradas.

c) De mejora de la calidad del servicio:

c1) Incremento del número de marquesinas.

c2) Implantación de información del servicio en las paradas.

c3) Adquisición de vehículos con plataforma baja y rampa.

c4) Implantación de medidas que faciliten el acceso a personas con movilidad reducida, como plataformas, rótulos de aviso de parada para sordos, megafonía de aviso de parada para invidentes, etc.

c5) Adquisición de vehículos que mejoren la edad media de la flota.

c6) Implantación de una web del transporte.

c7) Obtención de una certificación ISO por el servicio.

c8) Realización de encuestas de calidad percibida.

c9) Realización de estudios para la mejora del servicio.

.2 Beneficiarios

Pueden optar a las presentes ayudas los ayuntamientos que cuenten con servicio de transporte urbano, bien específico o bien en el marco de una concesión de servicio regular de transporte interurbano, no incluido en el ámbito de la ATM.

.3 Solicitudes

3.1 Las solicitudes de ayudas deben dirigirse a la Dirección General de Puertos y Transportes, y se deberá adjuntar la siguiente documentación:

a) Certificación del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, o del órgano que resulte competente, para solicitar las ayudas, indicando la cuantía solicitada.

b) Declaración de que no se han solicitado ni se han recibido otras ayudas para la financiación del proyecto o, si procede, importe de la ayuda solicitada y concedida y ente que la ha concedido.

c) En el supuesto de que el proyecto se ejecute, en parte o en su totalidad, en colaboración con otras entidades públicas o privadas, se debe adjuntar copia del documento de colaboración.

d) Certificado del secretario de la Corporación donde conste el número de habitantes a 31 de diciembre de 2004.

e) Cuenta de explotación anual de la empresa u organismo que preste el servicio de transporte colectivo urbano del ejercicio de 2004, debidamente firmado.

f) Certificado de la empresa u organismo que preste el servicio de transporte...

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