ORDEN ECO/38/2011, de 2 de marzo, por la que se reconoce la implantación de varios estudios universitarios oficiales de grado en la Universitat Oberta de Catalunya.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECO/38/2011, de 2 de marzo, por la que se reconoce la implantación de varios estudios universitarios oficiales de grado en la Universitat Oberta de Catalunya.

En el marco de la programación universitaria de Cataluña, para el curso académico 2009-2010, y para adecuar la estructura cíclica de las enseñanzas universitarias actuales a los requerimientos europeos, se prevé la implantación de los estudios universitarios oficiales de grado en la Universitat Oberta de Catalunya.

La adaptación a los principios derivados del espacio europeo de educación superior implica, también, de acuerdo con el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real decreto 861/2010, de 2 de julio, el inicio del proceso de extinción progresiva de los estudios universitarios oficiales implantados al amparo de la ordenación anterior.

De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña; el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real decreto 861/2010, de 2 de julio; el Real decreto 557/1991, de 12 de abril, de creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios; el Decreto 258/1997, de 30 de septiembre, por el que se regula la programación universitaria de Cataluña y los procedimientos de creación o reconocimiento y de reordenación de centros docentes universitarios y de implantación de enseñanzas y las Normas de organización y funcionamiento de la Universitat Oberta de Catalunya, con la solicitud del Consejo de Gobierno y con el informe favorable del Patronato de la Fundación para la Universitat Oberta de Catalunya, y a propuesta del director general de Universidades,

Ordeno:

Artículo único

Se reconoce la implantación de los estudios universitarios oficiales de grado, en la Universitat Oberta de Catalunya, que indican en el anexo 1 de esta Orden.

Disposición adicional

Una vez establecido el carácter oficial de los títulos, el rector o la rectora de esta Universidad solicitará a la persona titular del departamento competente en materia de universidades la autorización para el inicio de...

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