ORDEN EDU/557/2006, de 13 de noviembre, por la quese adapta el currículum del ciclo de formación específica de artes plásticas ydiseño de grado superior de ilustración a los perfiles profesionales deanimación audiovisual y de cómic.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
EDU/557/2006, de 13 de noviembre, por la que se adapta el currículum del ciclo de formación específica de artes plásticas y diseño de grado superior de ilustración a los perfiles profesionales de animación audiovisual y de cómic.
Mediante el Decreto 137/1997, de 13 de mayo (DOGC núm. 2419, de 25.6.1997), se estableció el currículum del ciclo de formación específica de las enseñanzas de artes plásticas y diseño de grado superior de ilustración, de 1.950 horas de duración, que forma parte de la familia de diseño gráfico.
Dado el panorama actual de la animación y de las nuevas tendencias, las figuras profesionales de la animación audiovisual y del cómic, cada día más presentes en el mundo de la ilustración, requieren su cualificación y una formación basada en al destreza informática permanentemente actualizada, así como una actitud abierta a las innovaciones y atención a las novedades socioculturales y políticas, que hagan posible el uso del lenguaje visual con una expresión personal lograda.
Habida cuenta de la necesidad de disponer de una formación artística adaptada a los perfiles profesionales de animación audiovisual y de cómic, enmarcados en la especialidad de Ilustración, para poder atender adecuadamente al colectivo de alumnado interesado en conseguir la competencia profesional asociada a los citados perfiles profesionales;
Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, de acuerdo con el informe del Consejo Escolar de Cataluña y de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora,
Ordeno:
Esta Orden adapta el currículo del ciclo de formación específica de artes plásticas y diseño de grado superior de ilustración a los perfiles profesionales de animación audiovisual y de cómic.
El anexo 1 de esta Orden detalla para el ciclo de ilustración adaptado a los perfiles profesionales de animación audiovisual y de cómic:
2.1 La denominación, el nivel y la duración, en los apartados 1.1, 1.2 y 1.3.
2.2 El campo profesional y las tareas más significativas, en los apartados 2.1 y 2.2.
2.3 Los objetivos generales, en el apartado 3.1.
2.4 La estructura de la formación a lo largo del ciclo: módulos impartidos en el centro educativo, fase de prácticas y proyecto final, así como las horas que se destinan a cada tipo de formación, en el apartado 3.2.
2.5 Los módulos que componen la enseñanza en centros educativos y las horas asignadas a cada uno, en el apartado 3.3.
2.6 Los objetivos, los contenidos y los objetivos terminales de cada módulo, en el apartado 3.4. Los objetivos terminales tienen la consideración de criterios de evaluación.
Las especialidades del profesorado que tiene atribución docente en los módulos del ciclo de ilustración adaptado a los perfiles profesionales de animación audiovisual y de cómic se establecen en el apartado 4 del anexo 1.
Los objetivos y contenidos del proyecto final y de la fase de prácticas, así como las orientaciones para su evaluación, se incluyen en el anexo 2.
Las condiciones del espacio y de las instalaciones que deben cumplir los centros educativos son las que fija el Real decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de centros que imparten enseñanzas artísticas.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 40.1 y 44 del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, los módulos de este perfil profesional se clasifican en el apartado 5 del anexo 1.
La relación numérica máxima docente/alumnos será de 1/15 en los módulos relacionados bajo el epígrafe "Talleres". Para el resto de módulos se aplicará la relación numérica máxima 1/30.
6.1 Los módulos susceptibles de correspondencia con la práctica laboral se especifican en el apartado 6.1 del anexo 1.
6.2 Los estudios universitarios a los que da acceso este título se citan en el apartado 6.2 del anexo 1.
Podrá cursar estudios del ciclo a que se refiere esta Orden quien haya superado la prueba de acceso a ciclos de la familia de diseño gráfico o ciclos declarados equivalentes o quien disponga de un título de técnico superior de un ciclo de la familia de diseño gráfico o de uno declarado equivalente a efectos de acceso al ciclo de ilustración.
Estará exento de la prueba de acceso quien disponga del título de bachiller en la modalidad de artes, o de cualquier otra modalidad si ha cursado la asignatura de fundamentos de diseño y dos más entre las siguientes:
Dibujo técnico.
Dibujo artístico.
Imagen.
Técnicas de expresión gráfico-plástica.
El alumnado que supere todos los módulos, la fase de prácticas y el proyecto final, que componen el currículo establecido por esta Orden, al solicitar el título de técnico o técnica superior de artes plásticas y diseño en ilustración, recibirá un certificado acreditativo, emitido por el centro, según el modelo del apartado 7.1 del anexo 1, en el que se hará constar que ha cursado y superado el ciclo de formación específica de artes plásticas y diseño en ilustración, de 1.950 horas de duración, adaptado al perfil profesional de animación audiovisual o de cómic. En caso de haber superado parcialmente el ciclo, podrá solicitar la certificación correspondiente, según el apartado 7.2 del anexo 1.
Barcelona, 13 de noviembre de 2006
Joan Manuel del Pozo y Àlvarez
Consejero de Educación y Universidades
Animación audiovisual
.1 Identificación del título
El perfil profesional de la animación audiovisual, enmarcado en el ciclo de artes plásticas y diseño de la especialidad de ilustración, tiene la finalidad de formar a personas profesionales de la animación audiovisual capaces de responder de manera eficaz a las necesidades y potencialidad de la demanda.
En el panorama actual de la animación, las nuevas tendencias internacionales se alejan de planteamientos esteticistas clásicos y buscan otros nuevos planteamientos, que se van abriendo espacio en el mercado de manera progresiva.
La figura profesional de la animación audiovisual está presente a lo largo del proceso de realización de un proyecto: en los aspectos de organización y logística de la preproducción, en la producción audiovisual y en el montaje y la edición, ya dentro de la postproducción.
Además de capacitación técnica y habilidad mecánica, que aseguran buenos resultados formales, la persona profesional de la animación audiovisual debe mantener una amplitud de criterios frente otras ramas del saber, ser permeable a las innovaciones y poseer una cuidada cultura humanística, artística y ética. Con conciencia de la influencia sobre los espectadores, sus producciones han de estimular el respeto a los derechos humanos, la libertad y la tolerancia; han de evitar contenidos de riesgo que denigren a las personas por razón de sexo o que les asignen estereotipos, generadores de segregación o desigualdades; no deben dar nunca cabida a contenidos violentos que representen acciones de agresión directa o indirecta a la integridad de las personas.
La dinámica de avances en el mundo audiovisual requiere una destreza tecnológica constantemente revisada, es decir, un reciclaje permanente, que unido a una actitud inquiridora y respetuosa ante las ideas y formas de pensar, incluso no compartidas, han de propiciar a quien se dedique profesionalmente a la animación audiovisual la expresión singular de su creatividad.
1.1 Denominación: técnico o técnica superior de artes plásticas y diseño en ilustración. Perfil profesional: animación audiovisual.
1.2 Nivel: grado superior.
1.3 Duración total del ciclo: 1.950 horas.
.2 Descripción del perfil profesional
2.1 Campo profesional:
Comprende actividades de animación audiovisual realizadas como profesional autónomo o asociado en grado diverso a una empresa relacionada con: producción de cine de animación, producción de cine y televisión, publicidad, diseño gráfico, aplicaciones interactivas y multimedia, y material didáctico.
2.2 Tareas más significativas:
Organiza y supervisa la producción.
Monta y edita imágenes.
Crea personajes y realiza fondos.
Modela objetos, personajes y escenografías.
Anima a los personajes.
Realiza el storyboard y los layouts.
Crea imágenes de animación audiovisual de acuerdo con sus canales comunicativos.
Trabaja en equipo o a las órdenes de un director o una directora.
Realiza búsqueda documental y gráfica.
Realiza propuestas que evitan los estereotipos y valoren la diversidad.
Utiliza imágenes dentro de los límites legales y éticos.
.3 Currículo
3.1 Objetivos generales del perfil profesional de animación audiovisual, del ciclo de formación específica de ilustración:
Planificar la estrategia global de productos de animación audiovisual.
Realizar, montar y producir proyectos de animación audiovisual.
Usar creativamente las diferentes técnicas y estilos propios de la animación audiovisual.
Resolver con efectividad y competencia los problemas artísticos y técnicos inherentes al proceso de producción.
Relacionar y coordinar un equipo de trabajo para la confección de una animación audiovisual.
Optimizar la infraestructura de un estudio y sus instalaciones.
Identificar las estructuras básicas propias del lenguaje de la animación audiovisual.
Describir el proceso de creación y formación de imágenes para la animación audiovisual.
Entender y trabajar con el audiovisual interactivo, multimedia y realidad virtual.
3.2 Estructura y distribución horaria:
Módulos impartidos en el centro educativo: 1.740 horas.
Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres: 120 horas.
Proyecto final: 90 horas.
Total de horas: 1.950 horas.
3.3 Distribución horaria de los módulos impartidos en el centro educativo
Módulo 1 Historia de la imagen gráfica: 105 horas.
Módulo 2 Teoría de la imagen: 60 horas.
Módulo 3 Técnicas gráficas industriales: 60 horas.
Módulo 4...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba