ORDEN EMO/48/2014, de 4 de marzo, por la que se garantizan los servicios esenciales que prestan las empresas del sector del ocio educativo y sociocultural dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

Vista la convocatoria de huelga presentada por los sindicatos CCOO y UGT (registro de entrada de 25 de febrero de 2014), que está prevista para el día 6 de marzo de 2014, de 00.00 a 24.00 horas, y que afecta a todos los trabajadores y trabajadoras de las empresas que aplican el Convenio del ocio educativo y sociocultural de Cataluña;

Vista la convocatoria de huelga presentada por el sindicato CCOO (registro de entrada de 25 de febrero de 2014), que está prevista para el día 6 de marzo de 2014, de 00.00 a 24.00 horas, y que afecta a todos los trabajadores y trabajadoras externalizados que desarrollan tareas de apoyo educativo en las guarderías dependientes del Instituto Municipal de Educación de Barcelona;

Considerando que ante una convocatoria de huelga se valorará si afecta a servicios esenciales para la comunidad, es decir, si afecta a derechos constitucionales, libertades públicas o bienes constitucionalmente protegidos, como es el caso de las actividades que presta el ocio educativo y sociocultural que tienen relación con el derecho a la seguridad y a la integridad física que reconoce el artículo 15 de la Constitución;

Considerando que debe compatibilizarse el legítimo derecho de huelga con el mantenimiento de los servicios esenciales para garantizar los derechos constitucionales, tal como disponen los artículos 28 y 37 de la Constitución;

Considerando que la actividad del ocio educativo y sociocultural tiene su desarrollo en servicios complementarios al servicio que prestan los centros de enseñanza, por tanto, a la hora de establecer los servicios mínimos será necesario tener en cuenta la fundamentación ante una situación de huelga del sector de la enseñanza;

Considerando que en los últimos años se han producido transformaciones profundas en la sociedad, como la incorporación masiva de las mujeres al mundo del trabajo, lo que ha supuesto un incremento de menores en los centros educativos que hace imprescindible ponderar un nuevo equilibrio entre el derecho fundamental a la huelga por parte del personal que presta servicios de ocio educativo y sociocultural en esos centros y el derecho esencial al trabajo de toda la población en condiciones de igualdad, y preservar el derecho a la seguridad de los menores;

Considerando la posibilidad de que los servicios que se prestan en el sector del ocio educativo y sociocultural como son, entre otros, los comedores y las cocinas escolares, los...

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