DECRETO 312/2006, de 25 de julio, por el que se regula la gestión del fuego técnico por parte del personal de los servicios de prevención y extinción de incendios de la Generalidad de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

312/2006, de 25 de julio, por el que se regula la gestión del fuego técnico por parte del personal de los servicios de prevención y extinción de incendios de la Generalidad de Cataluña.

Los incendios forestales en Cataluña son un fenómeno habitual e intrínseco en el ecosistema mediterráneo, y no exclusivamente atribuible a determinadas acciones antrópicas. Es preciso constatar que la realidad forestal catalana es consecuencia del abandono progresivo de los aprovechamientos tradicionales del bosque y del continuo despoblamiento rural. Estas circunstancias, junto con otras, han conducido al aumento de carga de combustible vegetal existente en los terrenos forestales de Cataluña y los han hecho altamente vulnerables a los incendios forestales.

Asimismo, la experiencia acumulada con los años ha permitido constatar que los incendios forestales proyectan sus efectos más allá de terrenos estrictamente forestales y afectan a menudo a terrenos urbanos o agrícolas, por lo que, las estrategias de prevención no pueden limitarse a operar en terrenos forestales sino que se tienen que extender a otras categorías de suelo que puede resultar afectado por los incendios forestales o, más ampliamente, de vegetación.

Ante esta situación, se hace necesario regular con más detalle las herramientas de que disponen los servicios de prevención y extinción de incendios de la Generalidad de Cataluña para hacer frente a esta situación.

La experiencia adquirida a lo largo de los años y los estudios en esta materia han permitido concluir que el uso controlado del fuego constituye una medida contra los incendios eficaz y que puede utilizarse tanto en una fase preventiva como en el ámbito de la extinción.

En la fase preventiva, como exponente de las funciones de prevención activa de incendios de vegetación, el uso controlado del fuego permite, entre otros, reducir el combustible vegetal en terrenos forestales permitiendo, a la vez, condicionar el comportamiento de un eventual incendio forestal de tal manera que se mantenga dentro de la capacidad de extinción de los servicios de prevención y extinción de incendios.

La aplicación de esta técnica se debe hacer de acuerdo con un plan proyectado por personal de la Generalidad de Cataluña que ofrezca garantías de control y de seguridad para las personas y los bienes. A tales efectos, la regulación que contiene este Decreto incluye el procedimiento para efectuar las quemas de gestión de combustible vegetal por parte del personal del cuerpo de bomberos de la Generalidad, las personas facultadas para autorizarlas y ejecutarlas y el Plan de quema de gestión que contiene las condiciones relativas a la quema.

En la fase de extinción, el uso controlado del fuego permite ejecutar maniobras que reducen el combustible vegetal que previsiblemente será consumido por el incendio y que tiene por finalidad estabilizar, extinguir, redirigir, confinar o disminuir la intensidad del incendio.

Por una parte, se prevé la quema de ensanchamiento como maniobra de fuego técnico que anticipa la quema como herramienta de gestión de la extinción del incendio, y, de la otra, los llamados contrafuegos, entendidos como una medida de carácter excepcional que, sin embargo, se regulan en cuanto a las condiciones de ejecución.

Por todo lo expuesto, de acuerdo con las funciones en materia de prevención de incendios que corresponden al Departamento de Interior, en virtud de lo que disponen el artículo 13 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña; la Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña; la Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña; el Plan especial de incendios forestales de Cataluña (INFOCAT) y el artículo 1.1 del Decreto 414/2000, de 27 de diciembre, de adscripción del cuerpo de agentes rurales al Departamento de Medio Ambiente y de asignación de funciones en materia de prevención de incendios forestales, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta de la consejera de Interior y del consejero de Medio Ambiente y Vivienda y con la deliberación previa del Gobierno,

Decreto:

Capítulo I Disposiciones generales Artículos 1 y 2
Artículo 1

Objeto del Decreto

Este Decreto tiene por objeto regular la gestión del fuego técnico por parte de los servicios de prevención y extinción de incendios de la Generalidad de Cataluña en las actuaciones de prevención activa de incendios de vegetación y de extinción de incendios de vegetación previstas en esta disposición.

Artículo 2

Definiciones

A los efectos de esta disposición se entiende por:

a) Servicios de prevención y extinción de incendios de la Generalidad de Cataluña: el personal del cuerpo de bomberos y del cuerpo de bomberos voluntarios de la Generalidad de Cataluña y las personas que bajo un régimen funcionarial o laboral desarrollan tareas de prevención y extinción de incendios dentro del marco de la organización de la Dirección General de Emergencias y Seguridad Civil del Departamento de Interior.

b) Prevención activa de incendios de vegetación: conjunto de actuaciones efectuadas por los servicios de prevención y extinción de incendios de la Generalidad de Cataluña sobre el territorio destinadas a evitar o minimizar con carácter previo los incendios o su extensión y a facilitar la capacidad de respuesta rápida, segura y contundente cuando se producen.

c) Fuego técnico: ignición controlada, dirigida y realizada por las personas miembros de los servicios de prevención y extinción de incendios de la Generalidad en base a unas condiciones meteorológicas definidas y un análisis de comportamiento de incendio preestablecido. Los tipos de fuego técnico son:

c.1) Contrafuegos: maniobra de extinción que se realiza con fuego técnico con la finalidad de eliminar y/o desplazar el oxígeno, verticalizar una columna y conseguir que los focos secundarios caigan en zona quemada deteniendo el avance del frente principal del incendio.

c.2) Quemas de ensanchamiento: maniobra de extinción que se realiza con fuego técnico con la finalidad de eliminar el combustible forestal en un área potencial de ser quemada de forma descontrolada por el avance de un incendio de vegetación.

c.3) Quema de gestión de combustible vegetal: combustión controlada de materia vegetal dirigida por personal especializado del Cuerpo de Bomberos de la Generalidad con la finalidad de conseguir...

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