ORDEN ARP/295/2004, de 19 de agosto, por la que se declara la existencia oficial de la plaga mosca mediterránea de la fruta, Ceratitis capitata Wiedemann, y se establecen medidas obligatorias de lucha.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/295/2004, de 19 de agosto, por la que se declara la existencia oficial de la plaga mosca mediterránea de la fruta, Ceratitis capitata Wiedemann, y se establecen medidas obligatorias de lucha.

La mosca mediterránea de la fruta constituye, para las cosechas de los cultivos de cítricos y de otros frutales huéspedes, un riesgo siempre presente en las regiones de clima mediterráneo.

El artículo 14.2 de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, permite a la Administración la declaración de existencia oficial de una plaga cuando se verifique su presencia y la importancia de la infestación.

De acuerdo con lo que dispone el Real decreto 461/2004, de 18 de marzo, por el que se establece el Programa nacional de control de la mosca mediterránea de la fruta y se califica de utilidad pública la prevención y lucha contra esta plaga, a propuesta de la Dirección General de Producción, Innovación e Industrias Agroalimentarias, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Se declara la existencia oficial, en Cataluña, de la plaga de la mosca mediterránea de la fruta, Ceratitis capitata Wiedemann, que afecta a los cítricos y otros frutales huéspedes, y se establecen medidas obligatorias de lucha para su control.

Artículo 2

Es obligación de los titulares de explotaciones con cultivos de cítricos y de otros frutales huéspedes de la plaga, ejecutar las medidas que regula esta Orden, en los lugares y los momentos que determine el Servicio de Sanidad Vegetal de la Dirección General de Producción, Innovación e Industrias Agroalimentarias del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Artículo 3

El Servicio de Sanidad Vegetal, con la colaboración de las agrupaciones de defensa vegetal y otras entidades agrarias, realizará anualmente una prospección de la plaga con el fin de evaluar la dinámica de sus poblaciones y la eficacia de las medidas aplicadas. Con los resultados de esta prospección se determinarán las zonas y los momentos más adecuados para el control de la plaga, y se redactará un plan plurianual de actuación que especificará las medidas a adoptar en los próximos años. En este plan se aplicarán progresivamente, en la zona que se delimite, técnicas de lucha compatibles con el medio ambiente, y se promoverán técnicas culturales con el fin de evitar la...

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