ORDEN BEF/290/2006, de 12 de junio, de convocatoria de subvenciones para la formalización de protocolos adicionales a los convenios suscritos en el año 2005 con ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y consejos comarcales para la cooperación interadministrativa en materia de servicios sociales y bienestar y familia, y la aprobación de sus bases.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

BEF/290/2006, de 12 de junio, de convocatoria de subvenciones para la formalización de protocolos adicionales a los convenios suscritos en el año 2005 con ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y consejos comarcales para la cooperación interadministrativa en materia de servicios sociales y bienestar y familia, y la aprobación de sus bases.

Considerando la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2006, y el Decreto legislativo 3/2004, de 24 de diciembre, mediante el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, así como el Decreto 402/2000, de 27 de diciembre, de reestructuración del ICASS; el Decreto 409/2000, de la estructura territorial del Departamento de Bienestar Social; el Decreto 284/2002, de 19 de noviembre, mediante el que el Departamento asume competencias y funciones en materia de atención a la infancia, y el Decreto 143/2006, de 13 de mayo;

Considerando que durante el año 2005 los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y los consejos comarcales suscribieron los convenios de colaboración al amparo de la Orden BEF/291/2005, de 23 de junio, de convocatoria de subvenciones para la formalización de convenios con ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y consejos comarcales para la cooperación interadministrativa en materia de servicios sociales y bienestar y familia, y la aprobación de sus bases (DOGC núm. 4418, de 4.7.2005);

Considerando que el artículo 1.2 de la orden citada prevé la formalización, para los ejercicios de 2006, 2007 y 2008, de protocolos adicionales anuales a los convenios suscritos por los entes locales durante el año 2005, sometidos a convocatoria pública;

Visto el informe del Consejo General de Servicios Sociales, y en uso de las facultades que me otorga la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 Se abre convocatoria para que los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y los consejos comarcales puedan solicitar subvenciones para la formalización, para el ejercicio de 2006, de protocolos adicionales a los convenios suscritos en el año 2005 con el Departamento de Bienestar y Familia para la cooperación interadministrativa en materia de servicios sociales y bienestar y familia, y se aprueban sus bases, que figuran en el anexo.

1.2 Los protocolos adicionales que pueden formalizarse de acuerdo con esta convocatoria tienen como finalidad:

a) El mantenimiento y la mejora de los servicios sociales de atención primaria, y la financiación de los servicios sociales de atención primaria traspasados al ente local por la Generalidad de Cataluña, fijando la cooperación técnica y financiera para el ejercicio del año 2006.

b) La cooperación técnica y financiera derivada de los compromisos establecidos con la Administración General del Estado, en aplicación de planes y programas específicos destinados a los servicios sociales de atención primaria.

c) La cooperación técnica y financiera en el ámbito de los servicios sociales especializados y de otras actuaciones, servicios y programas del ámbito de bienestar y en materia de apoyo a las familias y a la infancia que lleven a cabo los entes locales.

d) La puesta en marcha de nuevos equipamientos de servicios sociales o de reformas de los servicios existentes, en el marco de la planificación establecida.

Artículo 2

Cuantía y aplicación presupuestaria

2.1 Para atender las obligaciones derivadas de los protocolos a que se refiere el artículo 1.2.a, gastos autorizados por el Acuerdo de Gobierno de 19 de abril de 2005, modificado por el Acuerdo de Gobierno de 21 de febrero de 2006, a cargo de las partidas del presupuesto de la Generalidad para el año 2006, la cuantía máxima inicialmente disponible es:

D/460000100/3120. Servicios transferidos de atención primaria: 25.127.115,00 euros.

D/460000100/3120. Servicios sociales de atención primaria: 8.651.895,00 euros.

2.2 Para atender las obligaciones derivadas de la cooperación técnica y financiera a que se refiere el artículo 1.2.b, la cuantía máxima inicialmente disponible es:

D/460000100/3120. Servicios sociales de atención primaria: 10.494.913,75 euros.

2.3 Para atender la cooperación técnica y financiera en el ámbito de los servicios sociales especializados y de otras actuaciones, servicios y programas del ámbito de bienestar y en materia de apoyo a las familias y a la infancia que lleven a cabo los entes locales a que se refiere el artículo 1.2.c, las cuantías máximas inicialmente disponibles son:

2.3.a) Servicios sociales de atención especializada.

Atención especializada a personas con disminución:

Partida D/460000100/316G. Centros ocupacionales: 1.667.656,00...

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