ORDEN PRE/164/2004, de 20 de mayo, de aprobación de las bases reguladoras de la ayudas a actividades destinadas a fomentar la relación entre entidades y confesiones religiosas y la sociedad catalana realizadas en Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/164/2004, de 20 de mayo, de aprobación de las bases reguladoras de la ayudas a actividades destinadas a fomentar la relación entre entidades y confesiones religiosas y la sociedad catalana realizadas en Cataluña.

Considerando que del artículo 13 del Decreto 184/2000, de 29 de mayo; del artículo 19 del Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y de reestructuración de diversos departamentos de la Administración de la Generalidad, y del artículo 3 del Decreto 195/2004, de 24 de febrero, de reestructuración parcial del Departamento de la Presidencia, se desprende que la Dirección General de Asuntos Religiosos, integrada en la estructura de la Administración de la Generalidad como organismo del departamento de la Presidencia, tiene la misión de atender a las diferentes entidades religiosas establecidas en Cataluña;

Considerando el texto del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

Considerando la Orden del Departamento de Economía y Finanzas de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas y de subvenciones (DOGC núm. 2500, de 21.10.1997),

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas a actividades destinadas a fomentar la relación entre entidades y confesiones religiosas y la sociedad catalana realizadas en Cataluña.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.

Contra esta Orden o contra sus bases se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Barcelona, 20 de mayo de 2004

Josep Bargalló Valls

Primer Consejero

Anexo

Bases reguladoras

.1 Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a las actividades destinadas a fomentar la relación entre entidades y confesiones religiosas y la sociedad catalana, realizadas en Cataluña durante el año 2004.

Las actividades objeto de subvención son las siguientes:

  1. Actividades de grupos religiosos que representen claramente una aportación a favor de la convivencia cívica y de los derechos humanos;

  2. Actividades que fomenten el diálogo interreligioso;

  3. Actividades que fomenten el diálogo entre una determinada confesión religiosa y la cultura catalana y el pensamiento occidental actual;

  4. Actividades que fomenten la buena relación entre comunidades o grupos religiosos de presencia reciente en Cataluña y su entorno social (vecinal o territorial);

  5. Actuaciones de normalización lingüística o de fomento del uso de la lengua catalana en las actividades ordinarias de los grupos y confesiones religiosas;

  6. Actuaciones de conservación y preservación del patrimonio literario de temática religiosa;

  7. Actividades de entidades religiosas o directamente relacionadas que den a conocer Cataluña internacionalmente.

Se excluyen de esta convocatoria las actividades propiamente religiosas de anuncio de la fe, las reflexiones teológicas internes, las publicaciones de carácter religioso de una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR