ORDEN VCP/268/2007, de 16 de julio, por la que se modifica la Orden PRE/345/2006, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas en el ámbito de la educación física y el deporte, en el marco de los planes de formación complementaria de alumnos/as y postgraduados/as.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

VCP/268/2007, de 16 de julio, por la que se modifica la Orden PRE/345/2006, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas en el ámbito de la educación física y el deporte, en el marco de los planes de formación complementaria de alumnos/as y postgraduados/as.

Mediante la Orden PRE/345/2006, de 21 de junio (DOGC núm. 4671, de 7.7.2006) se aprobaron las bases reguladoras generales para la concesión de ayudas en el ámbito de la educación física y el deporte, en el marco de los planes de formación complementaria para alumnado de licenciatura de segundo ciclo y postgraduados/as de los centros de Barcelona y Lleida del INEFC, que figuran en el anexo 1 de aquella Orden, y las bases específicas aplicables a las ayudas a la formación complementaria en campos o áreas específicas relacionadas con la educación física y el deporte, que figuran en el anexo 2 de la referida Orden.

Dado que la experiencia ha puesto de manifiesto que en los casos en que alguna persona beneficiaria de una ayuda renuncia a la misma, incluso en ocasiones una vez iniciada la actividad objeto de la ayuda, se hace difícil que otra persona pueda aprovechar la ayuda o lo que resta de la misma.

Por otra parte, dada la complejidad y el volumen de la información y documentación del deporte que se trata en el centro de Barcelona del INEFC, es conveniente hacer una ampliación del número de horas de dedicación, y en consecuencia, de la ayuda para la formación práctica complementaria en técnicas de gestión de la información y documentación del deporte, correspondiente al código 4 de los establecidos para la base 4 del anexo 2 de la Orden PRE/345/2006, de 21 de junio.

Dado que el INEFC fue adscrito al Departamento de la Vicepresidencia por la disposición adicional quinta del Decreto 477/2006, de 5 de diciembre, de reestructuración parcial del Departamento de la Presidencia y así lo establece también el artículo 2.4.c) del Decreto 478/2006, de 5 de diciembre, de estructura del Departamento de la Vicepresidencia;

A propuesta del INEFC,

Ordeno:

Artículo 1

Se añade un segundo párrafo a la base 10 de las generales que recoge el anexo 1 de la Orden PRE/345/2006, de 21 de junio, con la siguiente redacción:

.En el caso de que no haya ninguna persona solicitante en la lista de reserva o que ninguna de las que puedan haber esté interesada en que le sea adjudicada la ayuda, el INEFC hará una convocatoria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR