ORDEN EMO/288/2013, de 14 de noviembre, de modificación de la Orden EMO/419/2012, de 5 de diciembre, por la que se fijan los precios públicos del sistema catalán de calidad turística.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

La Orden EMO/419/2012, de 5 de diciembre, por la que se fijan los precios públicos del sistema catalán de calidad turística, establece los importes de los precios públicos para los procesos de categorización, especialidad y certificación del sistema catalán de calidad turística regulado por la Orden EMO/418/2012, de 5 de diciembre.

Por las resoluciones EMO/361/2013 y EMO/362/2013, de 18 de febrero, se aprobaron los modelos que establecen los criterios para el reconocimiento de la especialidad en hotel gastronómico y para el otorgamiento de categoría a los establecimientos de turismo rural, respectivamente. En la puesta en funcionamiento de esos modelos se ha evidenciado la necesidad de revisar a la baja el importe de los precios públicos aprobados por la Orden EMO/419/2012, con el fin de ajustarlos a los costes actuales necesarios para llevar a cabo la prestación de los servicios de categorización y de especialización.

Vistos los informes de la Intervención Delegada y de la Asesoría Jurídica del Departamento de Economía y Conocimiento, y en virtud de mis atribuciones,

Ordeno:

Artículo único

Se modifica el artículo 1 de la Orden EMO/419/2012, de 5 de diciembre, por la que se fijan los precios públicos del sistema catalán de calidad turística (DOGC núm. 6277, de 19.12.2012), que queda redactado en los siguientes términos:

"Artículo 1

”Aprobación

”Aprobar los precios públicos, con IVA incluido, que se detallan a continuación para los procesos de implementación del sistema catalán de calidad turística:

”Obtención de la certificación, especialidad o categoría

”a) Especialización en hotel gastronómico: 228,34 euros, más 1,21 euros por habitación.

”b) Categorización de establecimiento de turismo rural: 198,77 euros.

”c) Categorización de vivienda de uso...

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