ORDEN REP/265/2005, de 1 de junio, por la que se crea la Comisión de Expertos para el Estudio de la Creación del Instituto Internacional por la Paz.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

REP/265/2005, de 1 de junio, por la que se crea la Comisión de Expertos para el Estudio de la Creación del Instituto Internacional por la Paz.

El Decreto 296/2003, de 20 de diciembre, creó el Departamento de Relaciones Institucionales y Participación (artículo 1.2) y mediante el Decreto 2/2004, de 7 de enero, de estructuración del Departamento de Relaciones Institucionales y Participación, se han desarrollado sus funciones. El artículo 19 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, bajo la dependencia inmediata del consejero, constituye el Programa para la creación del Instituto Internacional por la Paz, de acuerdo con las previsiones de la Ley 21/2003, de 4 de julio, de fomento de la paz.

Dada la complejidad política y técnica del proceso de creación del Instituto Internacional por la Paz, se considera oportuno y conveniente dotar al Departamento de Relaciones Institucionales y Participación de un órgano de asesoramiento específico mediante la creación de una comisión de expertos que asesore al consejero de Relaciones Institucionales y Participación en la promoción o la adopción, si se tercia, de las medidas y disposiciones necesarias para instrumentar el proceso de creación del Instituto.

De acuerdo con lo anterior y visto el artículo 22 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre,

Ordeno:

Artículo 1

Se constituye la Comisión de Expertos para el Estudio de la Creación del Instituto Internacional por la Paz como órgano asesor y consultivo de los previstos en el artículo 22 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre.

Artículo 2

Corresponde a la Comisión prestar el asesoramiento, elaborar los informes que le sean requeridos por el consejero en relación con la estructura organizativa más adecuada para la configuración del Instituto, y proponer las actuaciones más adecuadas para la consecución de las finalidades de la paz, de acuerdo con lo establecido por la Ley 21/2003, de 4 de julio, de fomento de la paz. La Comisión podrá, a iniciativa propia, elevar al consejero las propuestas y recomendaciones que estime oportunas.

Artículo 3

La Comisión de Expertos para el Estudio de la Creación del Instituto Internacional por la Paz está integrada por el presidente y los vocales, que se designan a continuación:

Presidente:

Señor Rafael Grasa i Hernández.

Vocales:

Señora Mercedes García i Arán.

Señora Caterina García i Segura.

Señora Anna Bastida i...

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