ORDEN TIC/433/2002, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden TRE/81/2002, de 18 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir el Programa experimental de inserción laboral de personas con disminución y personas con dificultades de inserción laboral, y se abre la convocatoria para el año 2003 (código de la...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TIC/433/2002, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden TRE/81/2002, de 18 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir el Programa experimental de inserción laboral de personas con disminución y personas con dificultades de inserción laboral, y se abre la convocatoria para el año 2003 (código de la convocatoria Z28).

Considerando que la aplicación de la Orden TRE/81/2002, de 18 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir el Programa experimental de inserción laboral de personas con disminución y personas con dificultades de inserción laboral y de convocatoria para el año 2002 (DOGC núm. 3602, de 25.3.2002) se ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar algunos aspectos susceptibles de mejoras para el buen funcionamiento y mayor eficacia de las acciones reguladas en la Orden mencionada y para la consecución óptima de los objetivos que allí se prevén, en este sentido, el Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo ha considerado conveniente ampliar tanto el concepto de destinatarios como la cuantía de la ayuda para la aplicación de medidas de acompañamiento laboral, consistentes en la contratación de un insertor laboral, así como modificar los destinatarios de las acciones de promoción y difusión del programa experimental y los estudios para la incorporación de personas con disminución o con dificultades de inserción laboral en los centros de trabajo.

En este mismo sentido también cabe destacar la supresión de la obligación de solicitar la acción prevista en el artículo 3.d) de la Orden TRE/81/2002, de 18 de marzo, como requisito imprescindible para la obtención de cualquier otro tipo de subvenciones reguladas en la mencionada Orden.

Además, el Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo también ha considerado conveniente suprimir las actuaciones formativas establecidas en la mencionada Orden TRE/81/2002, de 18 de marzo, al considerar suficiente la oferta formativa y así poder destinar el máximo de dotación presupuestaria a la ayuda para la aplicación de medidas de acompañamiento laboral consistentes en la contratación de un insertor laboral.

Considerando lo que dispone el capítulo 9 del Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, para la que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 19926, de 27.7.1994), en la redacción dada por la Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de medidas administrativas, fiscales y adaptación al euro (DOGC núm. 2797, de 31.12.1998), modificada por la Ley 4/2000, de 26 de mayo (DOGC núm. 3149, de 29.5.2000) por la Ley 15/2000, de 29 de diciembre (DOGC núm. 3295, de 30.12.2000) y por la Ley 21/2001, de 28 de diciembre (DOGC núm. 3543A, de 31.12.2001);

Atendiendo que se ha dado audiencia a los agentes sociales representados en el Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña, con los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, a propuesta de la Dirección General de Economía Social, Cooperativas y Autoempresa, y en uso de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto modificar diversos artículos de la Orden TRE/81/2002, de 18 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir el programa experimental de inserción laboral de personas con disminución y personas con dificultades de inserción laboral y se abre la convocatoria para el año 2003 (código de la convocatoria Z28).

Artículo 2

Se modifican los puntos 2 y...

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