ORDEN TRE/600/2006, de 27 de diciembre, por la quese amplía excepcionalmente el plazo para presentar la justificación de lasacciones subvencionadas el año 2006, prevista en la Orden TRI/406/2006, de 2 deagosto, por la que se concretan las líneas de actuación del Servicio de Fomentode la Dirección General de Economía Cooperativa, Social y de ...

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TRABAJO
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRE/600/2006, de 27 de diciembre, por la que se amplía excepcionalmente el plazo para presentar la justificación de las acciones subvencionadas el año 2006, prevista en la Orden TRI/406/2006, de 2 de agosto, por la que se concretan las líneas de actuación del Servicio de Fomento de la Dirección General de Economía Cooperativa, Social y de Autoocupación, se establecen las bases reguladores de las subvenciones destinadas al fomento de la economía cooperativa, y se abre la convocatoria de presentación de solicitudes para el ejercicio correspondiente al año 2006.

Vista la Orden TRI/406/2006, de 2 de agosto, por la que se concretan las líneas de actuación del Servicio de Fomento de la Dirección General de Economía Cooperativa, Social y de Autoocupación, se establecen las bases reguladores de las subvenciones destinadas al fomento de la economía cooperativa, y se abre la convocatoria de presentación de solicitudes para el ejercicio correspondiente al año 2006;

Considerando que, para la convocatoria del año 2006, el plazo de justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en la Orden TRI/406/2006, de 2 de agosto, es de difícil cumplimiento;

Visto el capítulo 9 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas (DOGC núm. 4179, de 21.7.2004), y por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004), y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Vista la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2006 (DOGC núm. 4541, de 31.12.2005);

Visto el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña; previos informes de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, a propuesta de la Dirección General de Economía Cooperativa, Social y de Autoocupación, y de acuerdo con las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

Se amplia, excepcionalmente hasta el 31 de enero de 2007, el plazo para aportar la documentación que prevé el articulo 27.3 de la Orden TRI/406/2006, de 2 de agosto, como justificación del cumplimiento de las...

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