ORDEN TIC/429/2002, de 27 de diciembre, por la que se fija un plazo excepcional para la presentación de los justificantes de subvención para los programas A y D regulados en la Orden de 19 de diciembre de 2001, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de la economía social.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TIC/429/2002, de 27 de diciembre, por la que se fija un plazo excepcional para la presentación de los justificantes de subvención para los programas A y D regulados en la Orden de 19 de diciembre de 2001, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de la economía social.

En fecha 28 de diciembre de 2001 se publicó en el DOGC la Orden de 19 de diciembre de 2001, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de la economía social y se abre el plazo de presentación de las solicitudes para su obtención para el año 2002.

El artículo 31 de esta Orden establece que el beneficiario de la subvención dispondrá hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio para presentar la hoja de transferencia bancaria para pagos del Tesoro de la Generalidad, el original y una copia de las facturas y los justificantes de pago y/o los documentos acreditativos de la realización de la actuación subvencionada.

Posteriormente, en fecha 11 de diciembre de 2002 se publicó la Resolución TIC/3564/2002, de 4 de diciembre, por la que se determinan los importes máximos para el año 2002 destinados a subvenciones dirigidas a determinados programas para el desarrollo de la economía social reguladas por la Orden de 19 de diciembre de 2001 (código de reserva 003).

Considerando que, por lo tanto, hasta el 12 de diciembre de 2002 no se pudo resolver sobre las solicitudes de subvención correspondientes a los programas A y D;

Considerando lo que dispone el capítulo IX del Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, introducido por la Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de medidas administrativas, fiscales y de adaptación al euro (DOGC núm. 2797, de 31.12.1998), modificado por la Ley 4/2000, de 26 de mayo, de medidas fiscales y administrativas (DOGC núm. 3149, de 29.5.2000); por la Ley 15/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas (DOGC núm. 3295, de 30.12.2000), y por la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas (DOGC núm. 3543, de 31.12.2001);

Vista la Ley 20/2001, de 28 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2002 (DOGC núm. 3543, de 31.12.2001), y a propuesta de la Dirección General de Economía Social, Cooperativas y Autoempresa, con el informe previo de la Asesoría Jurídica y la Intervención Delegada y en uso de las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de...

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