RESOLUCIÓN GRI/1303/2014, de 2 de junio, por la que se designa el tribunal que debe evaluar el proceso selectivo para el acceso a la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala de secretaría, categoría superior (núm. de registro de convocatoria 211).
Sección | Cargos y Personal |
Emisor | Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales |
Rango de Ley | Resolución |
Por la Orden GRI/308/2012, de 2 de diciembre (DOGC núm. 6517, de 9.12.2013), se convocó el proceso selectivo para acceder a la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala de secretaría, categoría superior.
Según lo que establece la citada Orden, la designación del tribunal y su composición se efectuará mediante resolución del director o directora general de Administración Local.
En virtud de todo lo expuesto,
Resuelvo:
-1 Nombrar al tribunal calificador que debe evaluar las pruebas selectivas de acceso a la subescala de secretaría, categoría superior, de la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, cuyos miembros serán los siguientes:
Presidenta titular: Petra Mahillo García
Vocales titulares:
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Juan Ignacio Soto Valle
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Neus París Domènech
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Miguel Ángel Perezagua Roy
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Ana Morillón Merino, que actuará como secretaria.
Presidente suplente: Emilio Tapias Sola
Vocales suplentes:
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Joan Anton Font Monclús
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Maria del Mar Pérez Velasco
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Josep Ramon Fuentes Gasó
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Mercè Grau Bonàs, que actuará como secretaria suplente.
-2 Las personas que formen parte del tribunal tienen derecho a percibir las asistencias previstas en el Decreto 138/2008, de 8 de julio, de indemnizaciones por razón del servicio.
-3 Los miembros de los órganos de selección deberán de abstenerse de intervenir, y así lo notificaran a la Dirección General de Administración Local, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o en caso de que hubieran realizado trabajos de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso al mismo cuerpo y especialidad en los dos años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El plazo para manifestar la abstención será de diez días contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.
-4 Las personas interesadas podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el citado artículo 28 de la Ley...
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