ORDEN ECO/252/2014, de 1 de agosto, de modificación de la Orden ECF/497/2007, de 21 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura organizativa de la Agencia Tributaria de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyOrden

La creación de la Agencia Tributaria de Cataluña mediante la Ley 7/2007, de 17 de julio, respondió al mandato estatutario de establecer una administración tributaria propia y comportó un cambio fundamental en cuanto a la aplicación de los tributos en el ámbito de la Generalidad de Cataluña.

Para la puesta efectiva en funcionamiento del nuevo ente, y de acuerdo con el apartado segundo del artículo 11 de la Ley de creación, fue necesario determinar una nueva estructura organizativa con el objetivo de atender las funciones atribuidas. Así, la Orden ECF/497/2007, de 21 de diciembre, estructura la Agencia Tributaria de Cataluña en servicios centrales y servicios territoriales; determina las áreas y servicios que los integran y, al mismo tiempo, delimita sus funciones con el objetivo de dotarla de la máxima eficacia posible.

Durante los últimos años la Agencia se encuentra inmersa en diversos proyectos encaminados a configurar la Administración tributaria catalana, que afectan, entre otros, al ámbito de los sistemas de información propios de la aplicación de los tributos y que aconsejan adecuar la estructura con el fin de dar cobertura a las necesidades organizativas detectadas.

Así, y a raíz del Convenio marco de 19 de septiembre de 2012, de colaboración entre la Agencia Tributaria de Cataluña y las diputaciones provinciales de Barcelona, Tarragona, Gerona y Lérida, que ha culminado con la constitución del portal unificado Tributos de Cataluña, se ha hecho patente la necesidad de coordinar y aprovechar al máximo las posibles sinergias de los sistemas de información de las instituciones firmantes. En este sentido, se plantea la creación del Servicio de Sistemas de Información Tributaria, como órgano responsable de estos aspectos relacionales, así como del seguimiento del desarrollo e implantación efectiva de los módulos pendientes del sistema de información tributaria propio de la Agencia (G@UDI), para la completa integración de las diferentes fases de la aplicación de los tributos en la plataforma.

De acuerdo con los criterios corporativos en cuanto a contención del gasto y racionalización orgánica, y a fin de que la modificación estructural prevista en la presente Orden no represente un incremento en el número de órganos del ente, se propone la supresión de la Coordinación Territorial de Recaudación, área funcional adscrita a la...

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