ORDEN AAR/247/2010, de 20 de abril, por la que se establece una cuota máxima diaria de captura de sonso para el año 2010.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAR/247/2010, de 20 de abril, por la que se establece una cuota máxima diaria de captura de sonso para el año 2010.

El Reglamento (CE) 1967/2006, del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo y por el que se modifica el Reglamento (CEE) 2847/1993 y se deroga el Reglamento (CEE) 1626/1994, establece disposiciones para la conservación y explotación sostenible de los recursos pesqueros.

El Estatuto de Autonomía de Cataluña establece en el artículo 119.2 la competencia exclusiva de la Generalidad en materia de pesca marítima y recreativa en aguas interiores, y también la regulación y la gestión de los recursos pesqueros y la delimitación de espacios protegidos.

La Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas, desarrolla, entre otros, este artículo del Estatuto de Autonomía, y con respecto a la regulación de los recursos pesqueros, en el capítulo III del título I de la Ley se regulan las medidas técnicas de gestión, conservación, protección y regeneración de los recursos, y dispone que los fondos mínimos y vedas, así como los planes específicos de gestión para la conservación y la recuperación de los recursos pesqueros y marisqueros se establecen para el Departamento competente en materia de pesca y acción marítimas.

Por otra parte, la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y el Gobierno, establece en el artículo 39.3 que los consejeros son competentes para dictar normas reglamentarias diferentes de las relativas a la organización interna cuando una norma con rango de ley o un decreto del Gobierno se lo autoriza expresamente.

La regulación de la pesca de sonso está contenida en la Orden de 15 de enero de 1987, por la que se reglamenta la pesca del sonso ( Gymnamodytes cicerellus Rafinesque , 1810) en el litoral catalán, modificada por la Orden de 19 de agoto de 1997.

Durante los meses de primavera ha podido constatar que se efectúan desembarques masivos de ejemplares de sonso que se encuentran todavía en su estadio juvenil. Esta situación representa un serio problema de gestión pesquera ya que se pone en peligro la abundancia del recurso durante el resto de la campaña.

Estos hechos, puestos de manifiesto por el propio sector que demanda una solución urgente por parte de la Administración obliga a emprender las medidas correctoras pertinentes para...

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