ORDEN IRP/272/2009, de 19 de mayo, por la que se aprueban las bases específicas para la concesión de subvenciones para promover la realización de planes de participación para asociaciones no lucrativas, y se abre convocatoria pública para el periodo 2009-2010.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyOrden

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IRP/272/2009, de 19 de mayo, por la que se aprueban las bases específicas para la concesión de subvenciones para promover la realización de planes de participación para asociaciones no lucrativas, y se abre convocatoria pública para el periodo 2009-2010.

El Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña atribuye al Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación la promoción de la participación social. Asimismo, el Decreto 243/2007, de 6 de noviembre, de estructura del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación prevé, como órgano dependiente de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Participación, la Dirección General de Participación Ciudadana, que, entre otros, tiene que promover espacios, procesos y experiencias de participación ciudadana.

Vista la Orden IRP/5/2009, de 13 de enero, por la que se aprueban las bases generales que deben regir las subvenciones para promover la participación ciudadana (DOGC núm. 5301, de 21.1.2009), modificada por la Orden IRP/28/2009, de 2 de febrero (DOGC núm. 5315, de 10.02.2009), donde se establece en la base 1.2 que las bases específicas que dicte el consejero/a del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, además de las que prevén las bases reguladoras de carácter general, establecerán los requisitos para acceder a la condición de beneficiario en cada una de las líneas de acciones, los tipos de actividades por las que se promueven las ayudas, la dotación, los derechos y las obligaciones de los beneficiarios de las ayudas;

Dado que la base 2.1 de la Orden IRP/5/2009, de 13 de enero, establece que el/la consejero/a de Interior, Relaciones Institucionales y Participación hará públicas en el DOGC las convocatorias para cada una de las líneas de fomento de la participación ciudadana;

Visto el Acuerdo de Gobierno de gasto plurianual de 2 de diciembre de 2008;

Vista la Ley 15/2008, de 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2009 (DOGC núm. 5288, de 31.12.2009);

Visto el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Visto lo que dispone la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, con los informes previos del Área de Asesoramiento Jurídico en el Ámbito de Relaciones Institucionales y Participación y de la Intervención Delegada;

De acuerdo con todo lo expuesto,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto.

1.1 Aprobar las bases específicas para la concesión de subvenciones en los planes de participación para asociaciones no lucrativas.

Contra la Orden de aprobación de las bases se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, según lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

1.2 Abrir la convocatoria para la presentación de solicitudes para el periodo 2009-2010.

Artículo 2

Plazo...

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