ORDEN TRE/217/2007, de 20 de junio, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura, limpieza viaria y de playas que la empresa UTE Sanejament, presta en el municipio de Palafrugell.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE TRABAJO |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
TRE/217/2007, de 20 de junio, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura, limpieza viaria y de playas que la empresa UTE Sanejament, presta en el municipio de Palafrugell.
Vista la convocatoria de huelga formulada por CCOO en la empresa UTE Sanejament (registro de entrada de 8 de junio de 2007, en los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo en Girona) cuyo inicio está previsto para el día 22 de junio de 2007, a partir de las 21.00 horas, con carácter indefinido, y que afecta a la totalidad de la plantilla del centro de Palafrugell;
Considerando que la empresa realiza los servicios de recogida de basura (fracción orgánica y de rechazo) y los servicios de limpieza viaria, de playas y aguas marinas, así como la recogida de voluminosos, los cuales son servicios esenciales para la comunidad, ya que su interrupción afectaría bienes y derechos constitucionalmente protegidos, como son el derecho a la salud y al medio ambiente que señalan los artículos 43 y 45 de la Constitución, y una acumulación de residuos en las vías públicas y, muy especialmente, la materia orgánica susceptible de descomposición favorecen, a parte del mal olor, la proliferación de insectos y roedores, que son vehículos de transmisión de enfermedades infectocontagiosas, que generan riesgo para los ciudadanos;
Considerando que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias con el fin de mantener el servicio esencial, teniendo en cuenta que esta restricción tiene que ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;
Considerando que es necesario garantizar una máxima asepsia y limpieza en los centros sanitarios, asistenciales y en su entorno, una máxima higiene en los centros de ocio infantil de verano con servicio de comedor y garantizar un entorno de limpieza en las áreas de los mercados municipales de abastecimiento de productos perecederos, se deberá realizar el servicio de recogida de basura habitual en estas zonas;
Considerando el grado de putrefacción, descomposición, fermentación y mal olor de la fracción de rechazo, se deberá recoger y transportar cada 72 horas desde la última recogida; se deberá recoger la fracción orgánica cada 48 horas; si en la jornada de recogida de basura antes mencionada no se hubiera realizado la retirada total, deberá continuarse durante las jornadas...
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