ORDEN TIC/224/2003, de 16 de mayo, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura y limpieza viaria que las empresas La Roca 2002, Ute, y Urbaser, SA, realizan en el municipio de La Roca del Vallès.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TIC/224/2003, de 16 de mayo, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura y limpieza viaria que las empresas La Roca 2002, Ute, y Urbaser, SA, realizan en el municipio de La Roca del Vallès.

Vista la convocatoria de huelga formulada por el sindicato CCOO (RE de 6.5.2003), prevista para el día 19 de mayo de 2003 desde las 6.00 horas, hasta el día 1 de junio de 2003 a las 6.00 horas, que afecta a la totalidad de la plantilla del centro de La Roca del Vallès;

Considerando que la empresa La Roca 2002, Ute, realiza el servicio de recogida de basura y la empresa Urbaser, SA, el servicio de limpieza viaria en el municipio de La Roca del Vallès;

Considerando que el servicio de recogida de basura y limpieza viaria son servicios esenciales para la comunidad, ya que su interrupción afectaría bienes y derechos constitucionalmente protegidos, como son el derecho a la salud y al medio ambiente que señalan los artículos 43 y 45 de la Constitución, y que una acumulación de residuos en las vías públicas y, muy especialmente, la materia orgánica susceptible de descomposición, aparte del mal olor, favorecen la proliferación de insectos y roedores, que son vehículos de transmisión de enfermedades infectocontagiosas, que generan riesgo para los ciudadanos;

Considerando que la autoridad gubernativa ha de dictar las medidas necesarias con el fin de mantener el servicio esencial, teniendo en cuenta que esta restricción tiene que ser justificada y proporcional al ejercicio legítimo de derecho a la huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Considerando que es necesario garantizar una máxima asepsia y limpieza en los centros sanitarios y asistenciales y en su entorno, una máxima higiene en los centros de enseñanza, y garantizar un entorno de limpieza en las áreas de los mercados municipales de abastecimiento de productos perecederos, deberá realizarse el servicio de recogida de basura y limpieza viaria habitual en estas zonas.

Considerando que el grado de putrefacción, descomposición, fermentación y mal olor de la basura, se deberá recoger y transportar cada 72 horas desde la última recogida. Si en la jornada de recogida de basura antes mencionada no se hubiera realizado la retirada total de la misma, se tendrá que continuar durante las jornadas siguientes, hasta la retirada total.

Considerando que la limpieza viaria no puede quedar desatendida, deberá efectuarse dos...

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