ORDEN EDC/296/2004, de 28 de julio, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones destinadas a la escolarización de niños en las guarderías infantiles y en los centros de educación preescolar de titularidad privada sin finalidad de lucro.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

EDC/296/2004, de 28 de julio, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones destinadas a la escolarización de niños en las guarderías infantiles y en los centros de educación preescolar de titularidad privada sin finalidad de lucro.

Desde que el Decreto 120/1988, de 5 de mayo, transfirió la gestión de las guarderías infantiles al Departamento de Educación, se ha mantenido una convocatoria anual dirigida a financiar el coste del funcionamiento de las guarderías infantiles privadas de Cataluña, así como posteriormente también de los centros de educación infantil de primer ciclo, con la voluntad de minorar las cuotas que los usuarios abonan por este servicio.

Con el fin de mantener estas ayudas durante el curso escolar 2004/2005 y de conformidad con lo que establece el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y a propuesta de la Dirección General de Centros Docentes,

Ordeno:

Artículo 1

Convocar concurso público para la concesión de subvenciones destinadas a la escolarización de niños en las guarderías infantiles y en los centros de educación preescolar de Cataluña, de titularidad privada sin finalidad de lucro, para el curso escolar 2004/2005.

Artículo 2

Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá esta convocatoria, que constan en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 3

La concesión de estas subvenciones irá a cargo de la aplicación presupuestaria EN04 D/480130900/4222, por un importe máximo de 7.150.000,00 euros. El gasto que se imputará al presupuesto del año 2004 es de 2.339.823,00 euros y el resto del importe es de 4.810.177,00 euros, que queda condicionado a la aprobación de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2005.

Artículo 4

Los titulares de los centros interesados en acogerse a este régimen de subvenciones podrán presentar sus solicitudes en los correspondientes servicios territoriales del Departamento de Educación desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el DOGC hasta el 20 de septiembre de 2004, utilizando el modelo de solicitud que se entregará en los servicios indicados, o bien en la dirección electrónica http://www.gencat.es/ense.

Estas solicitudes se deberán presentar con la siguiente documentación:

a) Relación de los alumnos matriculados en el centro en el mes de septiembre de 2004, especificando el número de alumnos lactantes (nacidos en el año 2004), maternales (nacidos en el año 2003) y de guardería infantil (nacidos en el año 2002).

Esta relación debe estar firmada por el titular del centro e irá acompañada de una copia compulsada de la página del libro de familia donde conste inscrito el alumno matriculado en el centro. Las copias compulsadas de las páginas de los libros de familia se deben presentar en el mismo orden que sigue la relación de alumnos matriculados en el centro.

b) Relación nominal del personal del centro y de su destinación, junto con una fotocopia compulsada de los títulos académicos.

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