ORDEN EDU/422/2006, de 20 de julio, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones destinadas a la escolarización de niños de cero a tres años en centros de titularidad privada sin finalidad de lucro.
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
EDU/422/2006, de 20 de julio, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones destinadas a la escolarización de niños de cero a tres años en centros de titularidad privada sin finalidad de lucro.
Desde que el Decreto 120/1988, de 5 de mayo, transfirió la gestión de las guarderías al Departamento de Educación y Universidades, se ha mantenido una convocatoria anual dirigida a financiar el coste del funcionamiento de los centros de Cataluña que escolarizan niños de cero a tres años, con la voluntad de minorar las cuotas que los usuarios abonan para este servicio.
Con el fin de mantener estas ayudas durante el curso escolar 2006/07 y de conformidad con lo que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el capítulo 9 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y a propuesta de la Dirección General de Centros Educativos,
Ordeno:
Convocar concurso público para la concesión de subvenciones destinadas a la escolarización de niños de cero a tres años en los centros educativos de Cataluña, de titularidad privada sin finalidad de lucro, para el curso escolar 2006-2007.
Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá esta convocatoria que constan en el anexo 1 de esta Orden.
Se destina a esta convocatoria un importe máximo de 9.375.000,00 euros, dels quales 3.127.215,00 euros se imputan al crédito EN04 D/480130000/4210 del presupuesto del año 2006 y el resto del importe, 6.247.785,00 euros queda condicionado a la aprobación de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2007.
Los titulares de los centros interesados a acogerse a este régimen de subvenciones podrán presentar sus solicitudes en los correspondientes servicios territoriales del Departamento de Educación y Universidades, desde el 1 de septiembre hasta el 15 de septiembre de 2006, utilizando el modelo de solicitud que se librará a los servicios indicados, o bien en la dirección electrónica http://www.gencat.net/educacioiuniversitats.
La directora general de Centros Educativos elevará la propuesta de resolución de la convocatoria al consejero de Educación y Universidades, el cual emitirá la correspondiente resolución, antes del 31 de diciembre de 2006.
La resolución de concesión de estas subvenciones se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, y se indicarán los recursos que se podrán interponer, el órgano ante el cual se podrá recurrir y el plazo para hacerlo.
En cualquier caso, las solicitudes presentadas se entenderán desestimadas si no recae resolución expresa en el plazo antes mencionado.
El importe de la subvención en ningún caso puede ser de una cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones de otras...
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