ORDEN PRE/38/2003, de 27 de enero, de convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades para el fomento y la promoción de campos de trabajo que se realicen en Cataluña.
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
PRE/38/2003, de 27 de enero, de convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades para el fomento y la promoción de campos de trabajo que se realicen en Cataluña.
Visto el Decreto 184/2000, de 29 de mayo, de reestructuración del Departamento de la Presidencia, modificado por el Decreto 20/2001, de 23 de enero, y por el Decreto 335/2001, de 24 de diciembre, y en concreto, los artículos 19 y siguientes del primer Decreto, reguladores de las funciones y la estructura de la Secretaría General de Juventud, que atribuyen a este órgano la dirección, el seguimiento y la supervisión de actuaciones en el ámbito juvenil correspondientes al Departamento de la Presidencia;
Considerando que una de las misiones de la Secretaría General de Juventud es la de promover y fomentar el asociacionismo juvenil en Cataluña y facilitar la integración de los jóvenes en la sociedad;
Visto que la experiencia de otros años pone de relieve que es de especial interés tanto para los jóvenes como para las asociaciones juveniles participar y realizar campos de trabajo en la medida que son una excelente opción educativa en la cual se proponen tareas de trabajo voluntario;
Visto el Decreto 337/2000, de 24 de octubre, de regulación de las actividades en el tiempo libre en las cuales participen menores de 18 años;
Visto el Decreto 276/1994, de 14 de octubre, de aprobación del Reglamento de instalaciones destinadas a actividades de ocio con niños y jóvenes;
Visto el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;
Vista la Orden del Departamento de Economía y Finanzas de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas y de subvenciones (DOGC núm. 2500, de 21.10.1997),
Ordeno:
-1 Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones a entidades para el fomento y la promoción de campos de trabajo que se realicen en Cataluña.
-2 Publicar las referidas bases en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya al anexo de esta Orden.
Contra esta Orden o sus bases se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, según se prevé en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Barcelona, 27 de enero de 2003
Artur Mas i Gavarró
Primer consejero
Anexo
Bases reguladoras de la convocatoria
-1 Objeto
El objeto de las subvenciones que se rigen por estas bases es el fomento y la promoción de los campos de trabajo con plazas para jóvenes catalanes mediante la aportación por parte de la Secretaría General de Juventud de una parte del coste de cada plaza.
-2 Periodo
El periodo en el que tienen que realizarse los campos de trabajo objeto de estas subvenciones es entre el 25 de junio y el 16 de septiembre del año de convocatoria de las subvenciones.
-3 Destinatarios
Pueden solicitar estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Entidades de la Generalidad de Cataluña y censadas en el Censo General de la Secretaría General de Juventud.
-4 Solicitudes
4.1 Las solicitudes para cada subvención tendrán que formalizarse mediante instancia dirigida a la secretaria general de Juventud, según el modelo oficial facilitado por la Secretaría General de Juventud del Departamento de la Presidencia, adjuntando la documentación complementaria que se detalla en la base 5 de este anexo. Esta documentación podrá presentarse en la sede central de esta...
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