ORDEN JUI/436/2002, de 31 de diciembre, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a entes locales para la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil y para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil, y se aprueban sus bases.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

JUI/436/2002, de 31 de diciembre, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a entes locales para la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil y para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil, y se aprueban sus bases.

En la Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña, en su artículo 58, se establece un gravamen sobre los elementos patrimoniales afectos a las actividades de las que pueda derivarse la activación de los planes de protección civil y que estén situados en el territorio de Cataluña, el producto de la recaudación del que se debe destinar íntegramente a financiar las actividades de previsión, prevención, planificación, información y formación en materia de protección civil, y se tiene que adjudicar a las administraciones que, según esta Ley, son competentes en la materia, de acuerdo con un plan aprobado por el Gobierno.

Por todo esto, de acuerdo con lo que prevén el capítulo IX del Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; el Plan de aplicación de la recaudación del gravamen finalista, aprobado en sesión del Gobierno del día 23 de julio de 2002, y la restante normativa vigente de aplicación,

Ordeno:

Artículo 1

Se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales y destinadas a la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil y para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil.

Artículo 2

Se aprueban las bases que regirán esta convocatoria, las que figuran en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

Esta convocatoria se hace con cargo a la partida 2306D/461230000/2131 del presupuesto de gastos de la Generalidad de Cataluña para el ejercicio de 2002, por una cantidad máxima de 260.000 euros.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 31 de diciembre de 2002

Núria de Gispert i Català

Consejera de Justicia e Interior

Anexo

Bases para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales y destinadas a la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil así como para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil

-1 Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas a los entes locales para subvencionar las dotaciones y las inversiones destinadas a la atención de emergencias y a la seguridad civil, que se concretan en la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil y en la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil.

-2 Destinatarios de las subvenciones

Pueden concurrir a la convocatoria...

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