ORDEN ECF/383/2009, de 13 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Plan de renovación de electrodomésticos, calderas y aparatos de aire acondicionado en Cataluña, y se hace pública su convocatoria para el año 2009.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorInstituto Catalán de Energía
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECF/383/2009, de 13 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Plan de renovación de electrodomésticos, calderas y aparatos de aire acondicionado en Cataluña, y se hace pública su convocatoria para el año 2009.

La crisis económica ha puesto de manifiesto la necesidad de reducir gastos innecesarios y de ahorrar recursos como la energía. La utilización de más energía de la que se requiere para obtener el mismo servicio supone un gasto inútil de un recurso que cada vez será más escaso y cuyo uso comporta, además, un impacto ambiental negativo.

La relación entre consumo energético y servicio realizado determina el consumo específico y la eficiencia energética de los aparatos.

La reducción de los consumos específicos, principalmente en sectores como el terciario y el doméstico, sólo se podrá alcanzar con la incorporación de equipos eficientes y con un uso adecuado de los mismos.

En este marco adquiere una importancia especial la promoción de la mejora de electrodomésticos, calderas y aparatos de aire acondicionado, por lo que se considera conveniente establecer un plan de renovación que fomente la sustitución de estos aparatos y calderas por equipos con un mayor nivel de eficiencia energética.

El Instituto Catalán de Energía (ICAEN) del Departamento de Economía y Finanzas es el organismo público que tiene asignada la ejecución de las actividades que emanan del Plan de energía de Cataluña 2006-2015, sin perjuicio de las funciones de la Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad en materia de promoción y difusión de la utilización de las energías renovables.

La Estrategia de Eficiencia Energética del PEC (Plan de energía de Cataluña) se coordina con la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2004-2012 (E4). Por este motivo, el 17 de abril de 2008 se formalizó un convenio de colaboración entre el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (IDAE) del Gobierno español y el Instituto Catalán de Energía (ICAEN), para la definición y la puesta en práctica de las actuaciones previstas en el Plan de acción 2008-2012 del E4 (PAE4) en Cataluña. Entre las medidas previstas en este Convenio figuran las ayudas públicas a la sustitución de aparatos ineficientes por otros de alta eficiencia energética. Cada año se revisan las características que deben tener los planes de renovación en cuanto a tipo de aparatos, nivel de eficiencia, importe unitario, etc., en función de la evolución tecnológica y de mercado.

Vista la Ley 15/2008, de 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2009, y de acuerdo con lo que establecen los artículos 87 y siguientes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Cataluña, y la Orden de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas de subvenciones;

Visto el informe favorable emitido por la Asesoría Jurídica del Departamento de Economía y Finanzas, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para llevar a cabo el Plan de renovación de electrodomésticos, calderas y aparatos de aire acondicionado en Cataluña, mediante el otorgamiento de ayudas a los titulares que cambien el electrodoméstico, la caldera o el aparato de aire acondicionado de acuerdo con los plazos y con las condiciones establecidas.

Esta Orden también hace pública la convocatoria del año 2009 para la presentación de solicitudes.

Artículo 2

Bases reguladoras

En función de las disponibilidades presupuestarias y por orden del consejero de Economía y Finanzas se publican las bases para la presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas previstas en esta Orden, que contendrán las determinaciones establecidas por la normativa de aplicación.

Artículo 3

Cantidad máxima y aplicación presupuestaria

3.1 La cantidad máxima destinada a la línea de ayudas para los diferentes planes de renovación es la siguiente:

  1. Plan de renovación de electrodomésticos: 5.000.000 euros, aplicados a la partida presupuestaria 480.0001, Subvenciones a familias, del presupuesto del Instituto Catalán de Energía.

  2. Plan de renovación de calderas y aparatos de aire acondicionado: 1.500.000 euros, aplicados a la partida presupuestaria 480.0001, Subvenciones a familias, del presupuesto del Instituto Catalán de Energía.

Según el número de solicitudes que se presenten para los diferentes planes de renovación regulados en esta convocatoria, y en el supuesto de que las solicitudes superen las previsiones presupuestarias asignadas a alguno de los planes de renovación, el ICAEN podrá ampliar los fondos destinados al mencionado plan con recursos procedentes de otro.

3.2 El otorgamiento de estas ayudas quedará supeditado a las disponibilidades presupuestarias.

Artículo 4

Presentación de solicitudes y plazos

4.1 Se hace pública la convocatoria del año 2009 para el otorgamiento de las ayudas para el Plan de renovación de electrodomésticos, calderas y aparatos de aire acondicionado en Cataluña previsto en esta Orden.

4.2 La duración del Plan será desde el 1 de septiembre de 2009 hasta el 15 de noviembre de 2009, o hasta el agotamiento del presupuesto disponible para cada uno de los planes.

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 15 de noviembre del 2009 o hasta el agotamiento del presupuesto disponible para cada uno de los planes.

En caso de cierre del plan por agotamiento de presupuesto se admitirán solicitudes hasta un máximo del 5% del presupuesto destinado a esta Orden, con fecha límite de 15 de noviembre, a efectos de que, a medida que se produzcan renuncias o revocaciones, se puedan asignar, mediante resolución de la directora del ICAEN, nuevos otorgamientos a las solicitudes que mantengan una posición inmediatamente posterior a la de las solicitudes subvencionadas.

4.3 La compra de los equipos subvencionados y la presentación de solicitudes se realizará dentro del periodo de vigencia del plan mencionado en el apartado anterior.

4.4 El plazo máximo de otorgamiento y entrega de la subvención será como máximo de 6 meses a partir de la fecha de inicio de esta convocatoria.

4.5 Se requerirá la presentación de una solicitud diferente para cada aparato con un máximo de un electrodoméstico de cada tipo, una caldera de condensación y un aparato de aire acondicionado por persona y vivienda.

Artículo 5

Objeto y cuantía de las ayudas

5.1 El objeto de estas ayudas es mejorar la eficiencia energética y reducir el consumo de energía en los hogares catalanes, así como potenciar el uso racional de la energía entre los ciudadanos de Cataluña mediante la renovación de electrodomésticos, calderas y aparatos de aire acondicionado. Se requerirá que los electrodomésticos y aparatos de aire acondicionado sean de categoría energética A o superior. En el caso de las calderas, tendrán que ser de condensación.

5.2 La cuantía máxima de la ayuda dependerá del aparato a renovar:

Frigoríficos, combis y congeladores:

Clase A: 85 euros.

Clase A+: 105 euros.

Clase A++: 125 euros.

Lavadora y lavavajillas con clasificación energética A y eficacia de lavado A: 85 euros

Lavadora con clasificación energética A, eficacia de lavado A y consumo energético inferior o igual a 170 Wh/kg: 105 euros.

Hornos con clasificación energética A: 70 euros.

Calderas de condensación: 400 euros.

Aparatos de aire acondicionado con clasificación energética A: 100 euros.

En cualquiera de los casos anteriores, la cuantía de la subvención no podrá superar nunca el 25% del precio de venta del electrodoméstico, caldera o aparato de aire acondicionado, IVA excluido.

5.3 Características de los objetos subvencionados:

  1. Los electrodomésticos deben ser de clase A o superior.

  2. Las calderas subvencionables son las calderas de condensación de potencia térmica inferior a 70 kW destinadas a instalaciones de calefacción individual.

  3. Los aparatos de aire acondicionado subvencionables son los de clase A o superior, alimentados con electricidad y con una potencia térmica máxima de 12 kW. Quedan excluidos los aparatos aire-agua y agua-agua, de acuerdo con el Real decreto 142/2003, de 7 de febrero, con...

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