RESOLUCIÓN UNI/772/2003, de 10 de marzo, por la que se abre convocatoria para la concesión de ayudas para programas de doctorado de las universidades catalanas en áreas de ciencias sociales y humanidades (ADQUA 2003).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

UNI/772/2003, de 10 de marzo, por la que se abre convocatoria para la concesión de ayudas para programas de doctorado de las universidades catalanas en áreas de ciencias sociales y humanidades (ADQUA 2003).

Preámbulo

Los estudios de doctorado y la formación de investigadores constituyen pilares básicos en cualquier sistema universitario de excelencia. Asimismo, la formación y la investigación en materias vinculadas a las ciencias sociales y a las humanidades deben constituir un aspecto prioritario en una sociedad avanzada y comprometida con el desarrollo social, económico, cultural y educativo. La realidad social, cultural, lingüística, educativa y económica distintiva de Cataluña, además, requiere un apoyo explícito por parte de la administración catalana y las universidades con el fin de velar por su estudio y su progreso, en estrecha conexión con las líneas de investigación y de desarrollo cultural de Europa y del mundo.

En esta línea, el Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información desarrolla una serie de actuaciones para la promoción y la valoración social de los estudios de tercer ciclo en las universidades catalanas. Una de las acciones es esta convocatoria para conceder ayudas a programas de doctorado de las universidades catalanas en áreas de ciencias sociales y humanidades. El III Plan de Investigación de Cataluña y la Programación Universitaria de Cataluña destacan el impulso al estudio, la formación y la investigación en los campos de las humanidades y las ciencias sociales como un aspecto crucial que hay que impulsar decididamente desde la administración, las propias universidades y el conjunto de organismos e instituciones que velan por el progreso cultural, social y económico de Cataluña.

En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el capítulo 9 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, con relación al régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalidad de Cataluña, y considerando la Resolución UNI/84/2003, de 14 de enero, por la que se aprueban las bases que deben regir la concesión de becas y subvenciones convocadas por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (DOGC núm. 3809, de 28.1.2003),

Resuelvo:

Artículo 1

Aprobar las bases que deben regir esta convocatoria, que constan en el anexo de la resolución.

Artículo 2

Abrir la convocatoria para la concesión de ayudas para programas de doctorado de las universidades catalanas en áreas de ciencias sociales y humanidades. Las becas predoctorales que complementan estas ayudas son de dedicación a tiempo completo y su objetivo es la formación de investigadores en las áreas de ciencias sociales y de humanidades, a través de los cursos de doctorado y la elaboración de la tesis doctoral.

Artículo 3

Las ayudas para programas de doctorado de las universidades catalanas en áreas de ciencias sociales y humanidades se regulan por la Resolución UNI/84/2003, de 14 de enero, por la que se aprueban las bases que deben regir la concesión de ayudas convocadas por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación, así como por las condiciones específicas que se detallan en el anexo de esta Resolución.

Artículo 4

El importe global máximo destinado a esta convocatoria es de 378.000 euros, que irán a cargo de la partida 440.0001 del presupuesto de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación para el año 2003.

Disposición final

Esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Dirección de la Agencia en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la publicación de la resolución en el DOGC; o bien recurso contencioso-administrativo interpuesto directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona o ante el juzgado en cuya circunscripción tenga su domicilio quien interpone el recurso, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a su publicación en el DOGC, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen...

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