ORDEN AAM/376/2012, de 13 de noviembre, por la que se declaran los créditos disponibles de la Orden AAM/258/2012, de 1 de agosto, por la que se convocan las ayudas destinadas a las agrupaciones de productores de ovinos y cabríos correspondientes a 2012.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL |
Rango de Ley | Orden |
La Orden AAM/258/2012, de 1 de agosto, por la que se convocan las ayudas destinadas a las agrupaciones de productores de ovinos y cabríos correspondientes a 2012, aprobó las bases reguladoras y convocó para el año 2012 las ayudas destinadas a las agrupaciones de productores/as en los sectores ovino y cabrío de nueva constitución o las ya existentes, para las actuaciones para las cuales no se hubiera pedido subvención en las convocatorias de 2008, 2009, 2010 y 2011.
Asimismo la citada Orden convocó para el año 2012 las ayudas destinadas a las agrupaciones de productores/as de ovino y cabrío beneficiarias en las convocatorias del 2008, 2009, 2010 y 2011 respecto de actuaciones por las que ya habían pedido subvenciones, las cuales se rigen por las bases aprobadas en el anexo 1 de la Orden AAM/285/2011, de 25 de octubre.
En el artículo 3.2 de la Orden AAM/258/2012, de 1 de octubre, se establece una dotación presupuestaria inicial de 85.000,00 euros y una cuantía adicional estimada de 80.080,29,00 euros condicionada a la disponibilidad presupuestaria efectiva.
La dotación inicial de esta línea de ayuda ha resultado insuficiente para atender las solicitudes presentadas y el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural considera necesario fomentar las actuaciones objeto de estas ayudas y realizar una ampliación de esta dotación inicial en el marco de la cuantía adicional establecida.
De acuerdo con el artículo 92.4.b) del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, procede efectuar la declaración de los créditos efectivamente disponibles de la Orden AAM/258/2012, de 1 de agosto, mencionada.
En consecuencia, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería y en uso de las atribuciones que me han estado conferidas,
Ordeno:
Las ayudas destinadas a las agrupaciones de productores/as con una dotación presupuestaria inicial de 85.000,00 euros se incrementan en 80.800,00 euros...
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