ORDEN MAB/265/2003, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a centros educativos públicos y privados que dispongan del distintivo de Escuela Verde para la financiación de actuaciones de ambientalización, y se hace pública la convocatoria para el año 2003 (código de la convocatoria 02.01.03).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

MAB/265/2003, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a centros educativos públicos y privados que dispongan del distintivo de Escuela Verde para la financiación de actuaciones de ambientalización, y se hace pública la convocatoria para el año 2003 (código de la convocatoria 02.01.03).

La Ley 4/1991, de 22 de marzo, de creación del Departamento de Medio Ambiente, dispone que corresponde a este Departamento establecer, de acuerdo con las orientaciones del Gobierno, las directrices generales de la política de medio ambiente y el ejercicio de las competencias y las funciones en este ámbito.

El Decreto 67/1991, de 8 de abril, y el Decreto 272/1996, de 23 de julio, establecen las competencias y funciones del Departamento de Medio Ambiente, entre las cuales le corresponden la formulación, promoción y coordinación de planes y programas de investigación y formación y la formulación y la promoción de planes, programas y actividades dirigidos a la difusión y la educación.

El Departamento de Medio Ambiente ha diseñado y promueve el Programa Escuelas Verdes con el objetivo de favorecer la ambientalización de los centros educativos de Cataluña. Este Programa establece la posibilidad de que los centros que ya dispongan del distintivo de Escuela Verde puedan solicitar al Departamento de Medio Ambiente una ayuda para llevar a cabo alguna de las actuaciones que el centro está desarrollando en el marco del Programa.

Considerada la Ley 30/2002, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2003, y considerando el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en uso de las facultades que me otorga la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas a centros educativos, públicos y privados, que dispongan del distintivo de Escuela Verde, para la financiación de actuaciones de ambientalización, y abrir la convocatoria para el año 2003, que se regirá por las bases del anexo.

Artículo 2

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Artículo 3

Esta convocatoria se financiará con cargo a la posición presupuestaria 2202/D 481220600/4425 de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2003. El importe a distribuir es de 36.000 euros.

Los créditos iniciales disponibles indicados en el apartado anterior pueden modificarse de acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 4

Las solicitudes se tramitarán, resolverán y notificarán de acuerdo con lo que prevé la base número 7.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 28 de mayo de 2003

Ramon Espadaler i Parcerisas

Consejero de Medio Ambiente

Anexo

Bases reguladoras de las ayudas a centros educativos públicos y privados que dispongan del Distintivo de Escuela Verde para la financiación de actuaciones de ambientalización

.1 Destinatarios

Pueden concurrir a esta convocatoria los centros educativos, públicos y privados, que dispongan del distintivo de Escuela Verde que otorga la Generalidad de Cataluña.

.2 Objeto de la subvención

Pueden ser objeto de la subvención las actuaciones recogidas en el Programa de acción del centro que tengan como finalidad:

a) Ambientalizar su currículum...

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