ORDEN REP/118/2005, de 22 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos dirigidos a la recuperación de la memoria histórica y se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

REP/118/2005, de 22 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos dirigidos a la recuperación de la memoria histórica y se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones.

Uno de los objetivos del Departamento de Relaciones Institucionales y Participación es la creación del Memorial Democrático con el fin de recuperar, conservar y proclamar la memoria democrática antifranquista como patrimonio colectivo y, por tanto, fomentar sus valores en los que se basa la convivencia democrática de la sociedad catalana actual. Este Memorial se inspira en la realidad y el ejemplo de instituciones similares existentes en Europa y en el mundo, instituciones destinadas a garantizar el derecho de los ciudadanos al conocimiento histórico de la devastación que sufrió la humanidad con la aparición del fascismo y otras dictaduras, y de la resistencia que una parte de la ciudadanía opuso.

La democracia requiere el acceso de los ciudadanos al conocimiento histórico como única garantía de respeto a la pluralidad de memorias, por lo que éste es un derecho civil que el Gobierno debe garantizar y promover.

A tal efecto en el marco del programa de actuaciones para la creación del Memorial Democrático, se encuadra la presente línea de subvenciones, la cual tiene como objetivo general garantizar el conocimiento histórico de los valores democráticos y sus procesos en la sociedad catalana.

Visto el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Visto lo que dispone la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña con los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 Se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos dirigidos a la recuperación de la memoria histórica de la lucha por la democracia durante el periodo comprendido entre los años 1931-1980, las cuales contiene el anexo de esta Orden.

1.2 Se abre convocatoria pública para el 2005 para la presentación de solicitudes para la obtención de las subvenciones previstas en esta Orden.

Artículo 2

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones será de un mes a contar del día después de la publicación de la presente convocatoria.

Artículo 3

Importe y partida presupuestaria

El importe total máximo destinado a la presente convocatoria es de 200.000 euros y la concesión de las subvenciones correspondientes se hará a cargo de la partida presupuestaria D/480360100/4612 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2005.

Artículo 4

Solicitudes y procedimiento

La forma de presentación de las solicitudes así como el procedimiento de instrucción, resolución y notificación del procedimiento de concesión será el previsto en las bases 7, 8 y 9.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 22 de marzo de 2005

Joan Saura i Laporta

Consejero de Relaciones Institucionales

y Participación

Anexo

Bases reguladoras de las subvenciones

.1 Objeto y convocatorias

1.1 Se regulan las subvenciones para proyectos dirigidos a la recuperación de la memoria histórica de la lucha por la democracia durante el periodo comprendido entre los años 1931-1980.

1.2 El consejero de Relaciones Institucionales y Participación establecerá las convocatorias de ayudas según las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio de acuerdo con lo que dispone el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

1.3 A medida que se produzcan renuncias o revocaciones de las subvenciones y en el supuesto de que una vez resuelta la convocatoria se haya agotado el importe máximo destinado al ejercicio, se podrán asignar nuevos otorgamientos a los proyectos que no hayan llegado a obtener ayuda y que, considerando los criterios de valoración contenidos en esta Orden, mantienen una posición inmediatamente posterior a la de los proyectos subvencionados según el orden de preferencia establecido, siempre y cuando estos proyectos se puedan llevar a cabo en los plazos que establece esta Orden para cada tipo de acción.

.2 Actuaciones

Podrán subvencionarse proyectos dirigidos a la recuperación de la memoria histórica, en los términos previstos en la base 1 y que incluyan el desarrollo de una o de varias de las actividades siguientes:

2.1 Actuaciones conmemorativas o de homenaje de personas y de acontecimientos relacionados con la represión, la resistencia y la construcción de la sociedad democrática.

2.2 Actuaciones de recuperación y conservación del patrimonio democrático, material e inmaterial: incluye actividades destinadas tanto a la creación de datos biográficos de testimonios, especialmente en soporte audiovisual, como a la localización o la elaboración de censos de lugares, monumentos, vestigios, nombres u otros documentos, sobre las temáticas incluidas en la base 1.

2.3 Actuaciones de investigación dirigidas a la reconstrucción de hechos y procesos relacionados con la represión de la dictadura, con el exilio, la resistencia y con la realidad y la situación de los valores democráticos.

2.4 Actuaciones de difusión y formación: incluirá la organización de congresos, simposios, jornadas, seminarios y exposiciones temporales, productos...

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