ORDEN INT/375/2006, de 21 de julio, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales para la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil, para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil y para formación en materia de...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

INT/375/2006, de 21 de julio, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales para la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil, para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil y para formación en materia de protección civil, y se aprueban las bases.

La Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña, en su artículo 58, establece un gravamen sobre los elementos patrimoniales que afectan a las actividades de las cuales pueda derivar la activación de planes de protección civil y que estén situadas en el territorio de Cataluña, el producto de cuya recaudación hay que destinarlo íntegramente a financiar las actividades de previsión, prevención, planificación, información y formación en materia de protección civil, y se tiene que adjudicar a las administraciones que, según esta Ley, son competentes en la materia, de acuerdo con un plan aprobado por el Gobierno.

Por todo esto, vista la ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2006, y de acuerdo con lo que prevé el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; las normas básicas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el resto de normativa vigente de aplicación,

Ordeno:

Artículo 1

Se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a los entes locales y destinadas a la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil, para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil y para formación en materia de protección civil.

Artículo 2

Se aprueban las bases que tendrán que regir esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

Esta convocatoria se hace a cargo de la partida IT03/D460000100/2230 del presupuesto de gastos de la Generalidad de Cataluña para el ejercicio del año 2006, por una cantidad máxima de 516.000 euros.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 21 de julio de 2006

Montserrat Tura i Camafreita

Consejera de Interior

Anexo

Bases para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil y para formación en materia de protección civil

.1 Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas a los entes locales para subvencionar las dotaciones y las inversiones destinadas a la atención de emergencias y a la seguridad civil, para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil y para formación en materia de protección civil, que se concretan en:

Elaboración, actualización o revisión de planes de protección civil.

Palas quitanieves, para municipios obligados o recomendados a elaborar el plan de actuación municipal para nevadas según el Plan Especial de Emergencias para Nevadas en Cataluña (NEUCAT).

Máscaras de autoprotección, para accidentes en instalaciones con riesgo de accidentes graves según el Plan de Emergencia Exterior del Sector Químico de Cataluña (PLASEQCAT).

Grupos electrógenos para la alimentación del centro de Coordinación Operativa Municipal (CECOPAL), en especial para municipios obligados o recomendados a elaborar el plan básico de emergencia municipal.

Máquinas trituradoras de restos de poda, para municipios obligados o recomendados a elaborar el plan de actuación municipal para incendios forestales según el Plan Especial de Emergencias por Incendios Forestales en Cataluña (INFOCAT).

Herramientas para la sensibilización de la población sobre el riesgo y la autoprotección, en especial para el riesgo de inundaciones, en coordinación con la Dirección General de Emergencias y Seguridad Civil.

Formación financiada por el ayuntamiento y dirigida a los miembros de asociaciones de voluntarios de protección civil inscritas en el Registro de asociaciones de protección civil de Cataluña y reconocidas por los entes locales beneficiarios de la subvención.

.2 Destinatarios de las subvenciones

Pueden concurrir a la convocatoria los entes locales que dispongan de un plan de protección civil, aprobado, homologado, vigente e implantado; que tengan en plantilla la figura de técnico o responsable de protección civil y que no tengan pendiente de ejecución ninguna otra obra o instalación objeto de subvención la convocatoria de la cual se haya hecho en ejercicios anteriores. En el caso de los entes locales que no dispongan de plan de protección civil se podrá solicitar una subvención para la elaboración de éste.

Los entes locales que hayan obtenido una subvención, ayuda o financiación para las dotaciones e inversiones previstas en el apartado anterior, no podrán concurrir a esta convocatoria con la misma finalidad.

Es requisito para optar a las subvenciones reguladas en esta convocatoria haber cumplido con la obligación de justificación dentro de plazo de las subvenciones adjudicadas en convocatorias anteriores.

.3 Presentación de solicitudes

3.1 Plazo: el plazo para presentar las solicitudes de subvención es de treinta días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC.

3.2 Para participar en esta convocatoria se tiene que rellenar el modelo oficial de solicitud que estará disponible en la página web del Departamento de Interior.

3.3 Lugar y manera: las solicitudes se pueden presentar en el Registro del Departamento de Interior (Via Laietana, 69, 08003 Barcelona), de la Dirección General de Emergencias y Seguridad Civil (Carretera de la Universidad Autónoma, s/n, 08290 Cerdanyola del Vallès) o de las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad en Barcelona (Via Laietana, 14, 08003 Barcelona), en Girona (av. Jaume I, 9, 17001 Girona), en Lleida (Passeig Lluís Companys, 1, 25003 Lleida), en Tarragona (c. Sant Francesc, 3, 43071 Tarragona), en las Tierras del Ebro (c. Doctor Ferran, 6-8, 43500 Tortosa), en la Cataluña Central (Via Laietana, 14, 08003 Barcelona) y en L'Alt Pirineu y Aran (ctra. C-13, km 90,2, 25630 Talarn), o en...

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