ORDEN SSS/467/2003, de 14 de noviembre, por la que se aprueba el programa de actuaciones del Servicio Catalán de la Salud para la coordinación de las diferentes redes asistenciales en relación con el tratamiento de determinados pacientes durante el invierno 2003-2004.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

SSS/467/2003, de 14 de noviembre, por la que se aprueba el programa de actuaciones del Servicio Catalán de la Salud para la coordinación de las diferentes redes asistenciales en relación con el tratamiento de determinados pacientes durante el invierno 2003-2004.

El Servicio Catalán de la Salud tiene como finalidad, entre otras, la coordinación de todo el dispositivo sanitario público y de cobertura pública y la mejor utilización de los recursos disponibles.

En este sentido, mediante el Orden de 25 de noviembre de 1999 (DOGC núm. 3038, de 20.12.1999), se estableció el Plan integral de urgencias de Cataluña, como instrumento de información, estudio y propuesta para la planificación, la ordenación, la programación, la evaluación y el control de las actividades relativas a la atención sanitaria de las urgencias y las emergencias médicas en el ámbito del sistema sanitario público y de cobertura pública de Cataluña, como también de coordinación de los servicios y dispositivos sanitarios implicados en la provisión de esta atención.

Durante los meses de invierno, determinados colectivos de pacientes (por su edad, por estar afectados de larga enfermedad o enfermedad avanzada incurable) generan una demanda sanitaria que requiere una respuesta específica y coordinada con los dispositivos asistenciales que prestan servicios de atención sociosanitaria por cuenta del Servicio Catalán de la Salud, que configuran la red de centros, servicios y establecimientos sociosanitarios de utilización pública de Cataluña, creada por el Decreto 242/1999, de 31 de agosto (DOGC núm. 2973, de 13.9.1999).

Esta situación ha manifestado la conveniencia de aprobar un conjunto de actuaciones del Servicio Catalán de la Salud que permitan la ampliación de los horarios los días laborales y la apertura los fines de semana y festivos de los Programas de atención domiciliaria (PADES); el establecimiento de un plan de altas sociosanitarias de invierno, de un plan de altas de invierno para enfermos subagudos y de un plan de valoración y tratamiento de personas frágiles con complejidad.

De otro lado, la Orden del Departamento de la Presidencia de 15 de mayo de 1991 (DOGC núm. 1452, de 7.6.1991), enumera y define las actividades incluidas en el ámbito de la asistencia sociosanitaria que pueden ser objeto de contratos o convenios con las entidades titulares de los centros, servicios y establecimientos sociosanitarios, por lo que es necesaria una norma que permita...

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