RESOLUCIÓN ASC/254/2009, de 3 de febrero, de convocatoria para la primera selección de las dieciséis vocalías de la Comisión permanente de la Mesa de Ciudadanía e Inmigración representantes de entidades sin ánimo de lucro.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL Y CIUDADANÍA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

ASC/254/2009, de 3 de febrero, de convocatoria para la primera selección de las dieciséis vocalías de la Comisión permanente de la Mesa de Ciudadanía e Inmigración representantes de entidades sin ánimo de lucro.

Mediante el Decreto 68/2008, de 15 de abril, se crea la Mesa de Ciudadanía e Inmigración, en sustitución del Consejo Asesor de la Inmigración y con el objetivo de fomentar la cooperación estratégica entre la Administración de la Generalidad de Cataluña, los entes locales y la sociedad civil en el ámbito de las políticas relacionadas con la inmigración extranjera.

Este Decreto define la composición, el funcionamiento y las funciones atribuidas a los diferentes órganos internos de la Mesa: el Pleno, la Comisión permanente, los Grupos de trabajo y las Mesas territoriales.

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 6.4 del Decreto 68/2008, de 15 de abril, las entidades sin ánimo de lucro representadas en la Comisión permanente a que se refieren los apartados c.2) y c.3) de dicho artículo deben seleccionarse mediante una convocatoria pública que establezca los criterios de valoración, con la puntuación correspondiente. Estas entidades son tanto las de carácter cívico o social cuya labor incide de forma importante en el ámbito de la inmigración extranjera como las compuestas, de modo significativo, por personas de origen inmigrante, siempre que su objetivo sea la defensa de los derechos e intereses de dicho colectivo y el seguimiento de las políticas públicas.

A la vista de lo que dispone el artículo 6.5 del Decreto 68/2008, corresponde al Pleno el establecimiento de los criterios de valoración y selección de las candidaturas. En términos generales, los criterios atenderán al principio de representatividad, a la presencia de la diversidad (entidades a las que se refiere el punto 2.c.3) de dicho artículo), a la trayectoria de la entidad y a la participación en los plenos convocados en los últimos dos años.

Igualmente, tal y como establece la disposición transitoria tercera del mismo Decreto, el establecimiento de estos criterios de valoración para la primera selección de las entidades de la Comisión permanente ha contado con la participación y el consenso del grupo de trabajo formado por los miembros del Consejo Asesor de la Inmigración.

Considerando el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, por el que se atribuye al Departamento de Acción Social y Ciudadanía la política de inmigración y de apoyo a la migración catalana;

Considerando la necesidad de dar cumplimiento a los artículos citados del Decreto 68/2008, de 15 de abril, y haciendo uso de las atribuciones que la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, otorga a la persona titular de este departamento,

Resuelvo:

.1 Abrir convocatoria pública para la primera selección de las dieciséis vocalías de la Comisión permanente de la Mesa de Ciudadanía e Inmigración representantes de las entidades sin ánimo de lucro citadas en el artículo 6.2, en sus apartados c.2 y c.3), del Decreto 68/2008, de 15 de abril.

.2 Aprobar las bases que...

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