ORDEN PRE/446/2008, de 3 de octubre, por la que se determina la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de la Presidencia.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/446/2008, de 3 de octubre, por la que se determina la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de la Presidencia.

Considerando lo que disponen el artículo 295 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, y el artículo 79 del Reglamento general de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por el Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre;

Visto el Decreto 93/2008, de 29 de abril, de reestructuración del Departamento de la Presidencia;

De conformidad con lo que dispone el artículo 12.d) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

.1 La Mesa de Contratación del Departamento de la Presidencia asiste al órgano de contratación de este Departamento en los términos previstos en la normativa sobre contratos del sector público.

.2 En el caso de los contratos a los que hace referencia el Decreto 96/2001, de 20 de marzo, sobre organización y competencias para la contratación de los suministros y de sus servicios complementarios, relacionados o derivados dentro de la Administración de la Generalidad y otros organismos públicos, actúa como Mesa de Contratación la Comisión de Suministros del Departamento.

En los demás contratos, la Mesa de Contratación del Departamento de la Presidencia está integrada por los miembros siguientes:

Presidente/a: subdirector/a de Régimen Económico y Contratación.

Vocales:

La persona titular del Servicio de Ayudas y Contratación asumirá la presidencia en caso de ausencia del/de la anterior.

Una persona adscrita a la unidad administrativa que propone el contrato.

Una persona licenciada en derecho adscrita a la Asesoría Jurídica del Departamento.

Un/a representante de la Intervención Delegada.

Secretario/a: responsable de tramitación de contratos y convenios de la Secretaría General Adjunta.

.3 En caso de ausencia, vacante o enfermedad de algun miembro, la constitución de la Mesa se regirá por les normas de sustitución de los órganos colegiados previstas en el capítulo VI del título I de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Generalidad de Cataluña.

.4 Cuando la naturaleza de las contrataciones que se tengan que realizar lo aconsejen o cuando así lo crea conveniente, el/la presidente/a de la Mesa puede decidir la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR