RESOLUCIÓN ENS/283/2012, de 3 de febrero, por la que se regula el procedimiento de adjudicación de destinos definitivos y movilidad para el profesorado de religión en centros docentes públicos dependientes del Departamento de Enseñanza con efectos de 1 de septiembre de 2012.
Sección | Cargos y Personal |
Emisor | DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA |
Rango de Ley | Resolución |
Las disposiciones adicionales segunda y tercera de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4.5.2006), así como el VI Convenio colectivo de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña, y el Acuerdo de la comisión negociadora sobre modificaciones al texto articulado del VI Convenio colectivo único, firmado el 30 de marzo de 2006, establecen el marco normativo para la adjudicación de destinos al profesorado de religión en centros docentes públicos.
El 1 de junio de 2007 se dicta el Real decreto 696/2007 (BOE núm. 138, de 9.6.2007), por el que se regula la relación laboral de los profesores de religión prevista en la disposición adicional tercera de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. Este Real decreto establece que la contratación laboral de los profesores de religión se regirá, además de por la mencionada disposición adicional tercera , por el Estatuto de los trabajadores (Texto refundido aprobado por el Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo), por el mismo Real decreto y las normas que lo desplieguen, por el Acuerdo sobre enseñanza y asuntos culturales de 3 de enero de 1979, suscrito entre el Estado español y la Santa Sede, así como por los acuerdos de cooperación con otras confesiones que tengan un arraigo evidente y notorio en la sociedad española.
La disposición adicional única de este Real decreto establece que los profesores de religión que en el momento de la entrada en vigor estuvieran contratados pasarán automáticamente a tener una relación laboral por tiempo indefinido en los términos establecidos en el Real decreto mismo.
Dado lo que establece el VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña;
Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el correspondiente trámite de intervención;
Visto que la Secretaría de Administración y Función Pública ha emitido el informe preceptivo;
Visto que se ha llevado a cabo lo que dispone la normativa en cuanto a los derechos que en esta materia corresponden a las personas representantes de los trabajadores y trabajadoras,
Resuelvo:
—1 Asignar destino con carácter definitivo con efectos de 1 de septiembre de 2012 al profesorado de religión con contrato laboral por tiempo indefinido mencionado en la disposición adicional única del Real decreto 696/2007 (BOE núm. 138, de 9.6.2007), en el/los centro/s y con la dedicación en cada centro que se indica en la lista provisional del anexo 1 de esta Resolución.
El destino definitivo será en el/los centro/s en el/los que el profesorado indicado estaba destinado ocupando una vacante en la fecha de entrada en vigor del Real decreto 696/2007 mencionado, si bien la/las dedicaciones de los puestos serán las previstas en la Resolución ENS/2897/2011, de 2 de diciembre, por la que se aprueban las plantillas de personal docente de los centros docentes públicos y de los servicios educativos dependientes del Departamento de Enseñanza para el curso 2011-2012. El total de dedicación no podrá superar la dedicación completa. En su caso, cuando no sea posible hacer la asignación por desdoblamiento, fusión o integración del centro, la asignación se podrá hacer en el centro que haya resultado o resulte de los procesos mencionados.
Los interesados podrán presentar reclamaciones contra esta lista provisional de destinos definitivos asignados en el anexo 1, ante la Dirección General de Profesorado y Personal de Centros Públicos, en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de publicación en el DOGC.
Estudiadas las reclamaciones se publicará la resolución definitiva de destinos en la web del Departamento de Enseñanza. La resolución también se podrá consultar en las webs de los Servicios Territoriales y el Consorcio de Educación de Barcelona.
—2 Convocar los procedimientos de asignaciones de destinos con carácter definitivo al profesorado de religión en centros docentes públicos dependientes del Departamento de Enseñanza, de acuerdo con las bases que se indican en el anexo 2.
El baremo de adjudicación a utilizar en los procedimientos de cambio o obtención de destino descritos en el anexo 2 mencionado se establece en el anexo 3.
—3 Hacer pública, en el anexo 4, la relación de códigos de centros por Servicios Territoriales y Consorcio de Educación de Barcelona y localidades, con especificación del obispado al cual pertenecen, la tipología de centro y las barreras arquitectónicas.
—4 Una vez finalizados los procedimientos de asignación de destinos definitivos y antes del inicio del curso 2012/13, previa propuesta del obispado correspondiente, los Servicios Territoriales y el Consorcio de Educación de Barcelona procederán a adjudicar con carácter provisional los puestos de trabajo no cubiertos a 1 de septiembre de 2012 por profesorado de religión con destino definitivo.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, el profesorado de religión con contrato indefinido podrá formular reclamación administrativa anterior a la vía laboral ante la secretaria general del Departamento de Enseñanza, de acuerdo con lo que prevén el artículo 80 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña y los artículos 120,121 y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 20 días a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC.
Denegada la reclamación o transcurrido un mes sin notificación de la resolución, las personas interesadas pueden interponer, en el plazo de dos meses, demanda ante la jurisdicción social, de acuerdo con lo que prevé el artículo 125.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, el profesorado de religión con contrato temporal podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Asimismo, pueden interponer de forma potestativa recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante la secretaria general del Departamento de Enseñanza, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, según lo que disponen el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Igualmente pueden interponer cualquier otra reclamación o recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 3 de febrero de 2012
M. Jesús Mier i Albert
Secretaria general
Lista provisional de asignación de destino con carácter definitivo al profesorado de religión mencionado en la disposición adicional única del Real decreto 696/2007 (BOE núm. 138, de 9.6.2007)
Profesorado de religión en escuelas e institutos escuela (niveles de educación infantil y primaria)
CA=código área territorial (0108: Consorcio de Educación de Barcelona; 0208: Servicios Territoriales en Barcelona Comarcas; 0308: Servicios Territoriales en El Baix Llobregat; 0408: Servicios Territoriales en El Vallès Occidental; 0508: Servicios Territoriales en El Maresme-Vallès Oriental; 0117: Servicios Territoriales en Girona; 0125: Servicios Territoriales en Lleida; 0143: Servicios Territoriales en Tarragona, 0243: Servicios Territoriales en Les Terres de l’Ebre; 1060: Servicios Territoriales en la Cataluña Central).
CB=código obispado (01: Arzobispado de Tarragona; 02: Obispado de Tortosa; 03: Obispado de Lleida; 04: Obispado de Urgell; 05: Obispado de Solsona; 06: Obispado de Vic; 07: Obispado de Girona; 08: Arzobispado de Barcelona; 09: Obispado de Terrassa; 10: Obispado de Sant Feliu de Llobregat).
CC=código de centro.
CM=código de municipio.
DOT=dotación.
Apellidos y nombre | CA | CB | CC | Centro | CM | Municipio | DOT |
Abad Moline, M. Carme | 0125 | 03 | 25004759 | Escuela El Roser - ZER Alt Segrià | 25233 | Torre-serona | 0,125 |
0125 | 03 | 25001096 | Escuela Sant Joan | 25053 | Benavent de Segrià | 0,375 | |
0125 | 03 | 25002659 | Escuela Sant Josep de Calassanç | 25120 | Lleida | 0,5 | |
Abellan Palanca, M. Lluisa | 0108 | 08 | 08002061 | Escuela Jaume I | 08019 | Barcelona | 1 |
Agell Mas, Arcadi | 0508 | 07 | 08022598 | Escuela Les Ferreries de Palafolls | 08155 | Palafolls | 1 |
Aguilar Diaz, Vicente | 0208 | 08 | 08019277 | Escuela La Marina | 08101 | L’Hospitalet de Llobregat | 1 |
Agusti Alos, M. Dolors | 0125 | 04 | 25003241 | Escuela Colomina - ZER El Romaní | 25138 | Montgai | 0,25 |
0125 | 04 | 25003135 | Escuela Joan Ros i Porta - ZER El Jonc | 25134 | Menàrguens | 0,125 | |
0125 | 04 | 25000161 | Escuela L’Àlber | 25008 | Albesa | 0,25 | |
0125 | 04 | 25003792 | Escuela Blanca de Villalonga - ZER Alt Segrià | 25174 | La Portella | 0,375 | |
Alba Franco, Susana | 0143 | 01 | 43006061 | Escuela Rubió i Ors | 43123 | Reus | 1 |
Albarran Ruiz, Yolanda | 1060 | 06 | 08016291 | Escuela Copons - ZER Vent d’Avall | 08071 | Copons | 0,25 |
1060 | 06 | 08063795 | Escuela Marta Mata | 08302 | Vilanova del Camí | 0,125 | |
1060 | 06 | 08016136 | Escuela Les Passeres - ZER Tres Branques | 08063 | Castellolí | 0,25 | |
1060 | 06 | 08038272 | Escuela García Lorca | 08250 | Santa Margarida de Montbui | 0,375 | |
Alifonso Sorribes, Estefania | 0243 | 02 | 43000433 | Escuela Sant Miquel | 43019 | Ascó | 0,375 |
0243 | 02 | 43001127 | Escuela Enric Grau i Fontserè | 43060 | Flix | 0,625 | |
Alvarez Bedoya, Jose Uriel | 0117 | 04 | 17002880 | Escuela Alfons I | 17141 | Puigcerdà | 1 |
Alvarez Camarasa, M. Ester | 0125 | 04 | 25001001 | Escuela Sant Bartomeu - ZER Espernallac | 25049 |
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