RESOLUCIÓN IRP/4134/2008, de 8 de diciembre, de convocatoria de provisión por el sistema de libre designación de dos puestos singulares del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (convocatoria de provisión núm. IRP/034/08).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

IRP/4134/2008, de 8 de diciembre, de convocatoria de provisión por el sistema de libre designación de dos puestos singulares del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (convocatoria de provisión núm. IRP/034/08).

En el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación hay vacantes un puesto de secretario/a de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Generalidad de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Participación del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación y un puesto de secretario/a del/de la director/a del Instituto de Estudios Autonómicos.

Dichos puestos constan en la vigente relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalidad de Cataluña y las descripciones de los puestos de trabajo que se precisan proveer han sido incluidas en los manuales de organización del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y dado que la Intervención Delegada de este Departamento ha llevado a cabo el correspondiente trámite de intervención,

Resuelvo:

  1. Convocar la provisión por el sistema de libre designación de un puesto de secretario/a de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Generalidad de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Participación del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, y un puesto de secretario/a del/de la director/a general del Instituto de Estudios Autonómicos (convocatoria de provisión núm. IRP/034/08), que se detalla en el anexo 2 de esta Resolución.

  2. Aprobar las bases que constan en el anexo 1 de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación.

Barcelona, 8 de diciembre de 2008

P. D. (Resolución IRP/4181/2006, DOGC de 21.12.2006)

Joan Boada i Masoliver

Secretario general

Anexo 1

Bases

  1. Puestos de trabajo

    Las características y funciones de los puestos de trabajo que se convocan son las establecidas en el anexo 2 de esta convocatoria.

  2. Requisitos de participación

    2.1. Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo incluido en el anexo 2 de esta convocatoria, y que se encuentre en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

    También puede participar en esta convocatoria el personal funcionario no integrado que preste servicios a la Administración de la Generalidad y pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación que se exige en el anexo 2, siempre que cumpla el resto de requisitos.

    Asimismo, podrán participar los funcionarios y funcionarias de la Generalidad de Cataluña que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en el que está clasificado el puesto convocado, a los que no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

    2.2. Para poder participar en esta convocatoria el personal funcionario con destino definitivo deberá haber permanecido un mínimo de un año en puestos de trabajo del mismo nivel desde el que se concursa, a menos que el puesto a proveer sea del mismo departamento de donde tiene el destino definitivo, o cuando se concurse desde un puesto de libre designación.

    2.3. Asimismo, para poder tomar parte en esta convocatoria hay que poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente, con el nivel que conste en la descripción de cada uno de los puestos. En caso de que los aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, estos conocimientos se evaluarán mediante una prueba en relación con el puesto de trabajo a proveer, previamente a la elaboración de la propuesta de admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.

    Transcurridos 10 días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en el tablero de anuncios de la sede de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Participación el día, la hora y el lugar de la prueba de conocimientos de lengua catalana.

    Están exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalidad en la que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior exigido en la convocatoria. En estos supuestos, se deberá adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

    2.4. Los funcionarios y funcionarias con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones que el resto de personas participantes siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

    2.5. No pueden...

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